Louisiana Civil Code (As Revised and Amended through the 1996 Sessions of Legislature)

AutorNieves Fenoy Picón
Páginas1923-1928

YIANNOPOULOS, AJÍ. (Ed.): Louisiana Civil Code (As Revised and Amended through the 1996 Sessions of Legislature), ed. 1997, West Publishing Co., 1338 pp.

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  1. La publicación anual del Código civil de Louisiana de 1870, en su edición de 1997 por la editorial West Publishing Co., constituye una buena ocasión para aprovechar y recordar a un código civil, que por diversas razones, como las que siguen, puede interesar a los investigadores.

    1.1 Desde la perspectiva del Derecho comparado, este código pertenece, por su origen, a la familia latina de la codificación civil: sufre una decisiva influencia del Código civil francés de 1804.

    Un ejemplo de esto, aunque debe matizarse por datos posteriores, es el de la primitiva estructura del vigente Código civil de Louisiana (CCL en adelante), que se inspira en el CC francés. En su origen, el CCL 1870 consta de un título preliminar y tres libros: el primero trata de las personas, el segundo, de las cosas y de las diferentes modificaciones de la propiedad y el tercero, de los diferentes modos de adquirir la propiedad de las cosas. Esta estructura tiene evidentes similitudes con la del CC francés que también tiene un título preliminar y tres libros, cuyos títulos evocan la realidad de una traducción, sin más, al CCL. Sin embargo, el actual CCL cuenta, además, con un cuarto libro (Conflict of Laws), añadido por Acts 1991 núm. 923, que también reformó el capítulo 3 (Conflict of Laws) del título preliminar: dejó aquí un único artículo, el reformado 14, que hace una remisión en bloque a ese libro IV, salvo excepción prevista por ley (este título preliminar ya había sido reformado antes).

    Dentro de las influencias que pueden rastrearse en la codificación del derecho civil de Louisiana, también debe destacarse, aunque su alcance sea cuestión controvertida, la del derecho español -evidentemente, del anterior al CC de 1889- (más detalle sobre ambas fuentes, francesa y española, infra).

    Ahora bien, la peculiaridad del CCL reside, hoy en día, en que su aplicación se hace en un sistema de derecho (el de EEUU) en donde impera el Common Law. Zweigert/Kötz señalan esta característica, que comparte el Código civil de Quebec, aunque en éste es menor la influencia. Dicen: «En Norteamérica hay dos zonas en donde la tradición legal francesa todavía es vital: Louisiana y Quebec. La supervivencia del Romanistic Law en estos dos territorios es del mayor interés para los juristas, puesto que Louisiana y Quebec son ambos miembros de estados federales en los cuales impera totalmente el Common Law (...) Louisiana y Quebec ofrecen al comparatista una rara suerte para observar, actualmente, la interacción de diferentes estilos de derecho, y es por ello natural que en ambos lugares haya florecientes, y famosos mundialmente, centros de estudios de derecho comparado» (p. 119); «En cualquier caso, los sistemas legales de Louisiana y Quebec ofrecen al compa-Page 1924ratista modelos fascinantes de una simbiosis entre el Civil Law y el Common Law, y muestran que una unidad política puede comprender estados de diferentes tradiciones legales, incluso cuando aquellas tradiciones legales son tan diferentes como aquellas de Roma y Westminster» (p. 122; ambas citas: An Introduction to Comparative Law, traducción al inglés por Tony Weir, 2.a ed., vol. 1, 1987).

    Y es cierto que el CCL ha sufrido y sufre la influencia del sistema jurídico en el que se inserta. Todo el CCL ha sido objeto de importantes y sustanciales reformas, que persiguen como fin adaptarlo a la realidad cambiante de la sociedad a la que se aplica. En este sentido recuerda Yiannopoulos, que esta preocupación ya se manifestó en 1908, cuando el Louisiana Legislature nombró una comisión de tres eminentes abogados y les encargó la tarea de revisar el CCL. Pero el texto revisado presentado fue rechazado. En 1948, el Louisiana Legislature encargó al Louisiana State Law Institute la revisión del CCL. Este Institute creó una sección de Derecho civil y nombró Reporters and Advisory Committes. La reforma podía ser enfocada desde dos distintos planteamientos: a) poner al día al CCL, teniendo para...

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