Límites al ejercicio libre de la abogacía

AutorManuel Cobo del Rosal
Páginas183-188

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La libertad en el ejercicio de la abogacía, muy especialmente cuando es procesal y con toga, es tan importante en un Estado democrático de Derecho como la misma independencia del Poder Judicial. Sin abogados libres, pero con libertad real, no puede llevarse a cabo una justicia, que sea fiel trasunto de un Estado demo-crático de Derecho. En ese sentido, el paralelismo con la tan subrayada independencia de jueces y magistrados es absolutamente exacto: son dos pilares inexorables de la justicia, si así pretendemos seguir llamándola.

La libertad del abogado, sin interferencias ni presiones, directas o indirectas, ni insidias que la pretendan sofocar, tengan éxito o no, es algo que seriamente debiera plantearse el legislador español, como sucede en otros países especialmente pertenecientes al área del sistema anglosajón. Una libertad de defensa y una independencia judicial son esenciales características del Estado democrático. El bochornoso y escalofriante espectáculo televisivo del simulacro del juicio del execrable Ceaucescu y su esposa, en el que su abogado pugnaba por pedir más condena que el propio fiscal, si bien todo se iba a resumir en la pena de muerte, es la radicalización de un repugnante esperpento judicial, a pesar de que se tratara de un dictador innoble y de su mujer. También los dictadores innobles y sus mujeres tienen derecho a un juicio justo y equitativo.

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Sutilmente se pueden pretender coartar el libre ejercicio de la abogacía. Otras veces, incluso de forma tosca, grosera, cuando no envilecida. Algunas de estas últimas, (intimidación y violencia) encuentran una clara protección jurídico penal, pero no así las primeras que, no por sutiles y sibilinas, dejan de tener eficacia, a veces superior, para quebrantar y desestabilizar al abogado en su libertad y a los jueces en su independencia, sobre todo si tienen temores y aspiraciones. Y quedan generalmente impunes, y sólo con el castigo, o más precisamente, simple censura tan solo de tipo social o personal por parte del el profesional al que se le ha revelado y puesto de manifiesto, de una forma clara e indubitada, la repulsiva calaña moral y antidemocrática del vulnerador de tales valores, cubierto con la capa, que ya nadie se cree, de preservar al Estado de Derecho. (Pues estamos apañados!).

Pero existe, de otra parte, una curiosa relación e interdependencia entre la libertad de los abogados y la independencia judicial. No solo el Ministerio Fiscal, sino...

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