Una limitación de la capacidad patrimonial de la mujer en el ámbito sucesorio: la lex voconia

AutorMaría Eugenia Ortuño
Páginas55-70
UNA LIMITACIÓN DE LA CAPACIDAD PATRIMONIAL
DE LA MUJER EN EL ÁMBITO SUCESORIO:
LA LEX VOCONIA
A PATRIMONIAL CAPACITY LIMITATION
OF WOMEN IN THE SUCCESSION FIELD:
LEX VOCONIAM
Resumen: En un momento de la historia de Roma en el que sus muje res
habían alcanzado no sólo la titularidad de los derechos sino la
capacidad para ejercerlos, se produce una reacción impulsada
por el sector conservador de la aristocracia, para que el poder
político ponga freno a esta situación que hacia peligrar la he-
gemonía masculina y las costumbres tradicionales del pueblo
romano. Para ello y centrado en el ámbito hereditario y, en
concreto, en el de la sucesión testamentaria, se promulgó la
Lex Voconia con la que se limitó la capacidad sucesoria de la
mujer. A dicha ley nos referimos en la presente exposición.
Palabras clave: Mujer, capacidad sucesoria, sucesión testamentaria,
lex, limitación.
Abstract: At a time in Rome history where women reached not only the
ownership of rights but the ability to exercise them, there is a
reaction driven by the conservative sector of the aristocracy,
that political power curbed the threatening situation to male
hegemony and traditional habits of the Roman people. This
focused on the hereditary field and, specifically, in the probate,
Lex Voconian, which limited the ability of women inheritance,
was enacted. We refer to this law in this exposition.
Keywords: Woman, succession capacity, probate, lex, limitation.
56 M ª Eugenia Ortuño Pérez
Sumario: 1. Presentación.- 2. Contexto Histórico.- 3. La ley.- 4. Catón
el censor y su apoyo a favor de la ley.- 5. Causas y motivos
que pudieron llevar a su promulgación.- 6. Contenido de la
ley.- 7. Momento en el que dejó de aplicarse.
1. PRESENTACIÓN1
La costumbre romana imponía a un buen pater familias púber la
necesidad de hacer testamento, con la finalidad de no verse obligado
a tener que acudir a la sucesión ab intestato. La libertad de testar era,
en un principio, plena.
Los acontecimientos sociales llevaron a que dicha libertad se
viera restringida respecto de la sucesión testamentaria, en relación
a la posibilidad de instituir heredera a la mujer y a la disposición de
legados. Para ello se promulgó la Lex Voconia de hereditatibus mu-
lierum2, que, como se verá, se trata de una ley que pretende limitar la
capacidad sucesoria de la mujer, en un momento histórico calificado
por algunos autores como de emancipación de la misma3. Se quiso
frenar la autonomía que, progresivamente, iba alcanzando, a la vez
que limitar su capacidad patrimonial. Así se evitaría también que di-
cha autonomía la situara por encima de los hombres, manteniéndose
así las costumbres romanas.
Por otra parte, la ley pretende preservar la institución de herede-
ro y, por consiguiente, la eficacia del testamento, estableciendo que
nadie pueda recibir en concepto de legado más que lo que reciban los
herederos.
1 (Mulier. Algunas Historias e Instituciones de Derecho Romano. (Madrid, 2014).
2 Gai 2, 226.Cfr., ROTONDI, G., Leges publicae populi romani. (Hildesheim
- Zürich - New York, 1990), p. 283-284. Plinio, Pan.42; Quintiliano, declamat.264.
Cic., en Verrem.2,1,44,113 y 2 1,110. Gellio dice que la ley trató de limitar el ex-
cesivo lujo de las mujeres (Gellio 20,1,23) y también Polibio 32,12,3, entre otros.
Cfr., TORRENT RUIZ, A., Voz: “Lex voconia testamentaria”, en Diccionario de
Derecho Romano. (Madrid, 2005), p. 634. GUTIERREZ ALVIZ, F., Voz: “Lex Vo-
conia”., en Diccionario de Derecho Romano. (Madrid,1982), p. 382.
3 PEPPE,L., Posizione giuridica e ruolo sociale della donna romana in età
repubblicana. (Milano,1984), pp. 40 ss.

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