Leyes de medidas fiscales y administrativas de Galicia y de la Comunitat Valenciana

AutorDr. Fernando López Pérez
CargoProfesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Páginas169-171
www.actualidadjuridicaambiental.com
169
Galicia
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 12 de febrero de 2019
Leyes de medidas fiscales y administrativas de Galicia y de la Comunitat
Valenciana
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa,
Zaragoza
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por estas
leyes en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en
materia jurídico ambiental.
GALICIA
Ley 3/2018, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
Fuente: DOG núm. 247, de 28 de diciembre de 2018
- Se modifica el Decreto 60/2009, de 26 de febrero, sobre suelos potencialmente
contaminados y procedimiento para la declaración de suelos contaminados, suprimiendo el
anexo I de esta norma y modificando el artículo 2.1.2, a fin de acomodar el régimen
jurídico en la materia a la normativa básica estatal.
- Se modifica el número 2 del artículo 36 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del
emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, modificando el sentido del
silencio de la declaración de incidencia ambiental, el cual pasa a ser negativo.
-Se añade un número tres bis en la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley
11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de
Galicia para el año 2014, para que en materia de residuos domésticos se permita que,
cuando las circunstancias económicas de la Sociedad Gallega de Medio Ambiente lo
permitan por cumplir los objetivos presupuestarios y las previsiones de su plan de
viabilidad, la consejería de medio ambiente, previo informe favorable de la consejería de
hacienda, pueda reducir el canon unitario de tratamiento por tonelada, aplicando la
reducción a las entidades locales que certifiquen el compromiso con la reducción de
residuos mediante el mantenimiento o la aprobación de medidas que fomenten la recogida
selectiva, así como la aprobación del traslado de dicha reducción a los beneficiarios del
servicio.
- Se modifica el artículo 72 de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia, a fin
de permitir para la caza del jabalí la modalidad de batida con número mínimo de ocho
cazadores.
- Se modifica el artículo 17 de la Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de
los animales de compañía, con la finalidad de precisar los obligados a poseer la licencia para
la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

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