Ley del Principado de Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas125-128
www.actualidadjuridicaambiental.com
125
Principado de Asturias
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 23 de enero de 2019
Ley del Principado de Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y
Movilidad Sostenible
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPA núm. 281, de 4 de diciembre de 2018
Temas Clave: Transporte; Vehículos; Sostenibilidad; Eficiencia energética; Emisiones a la
atmósfera; Ordenación del territorio; Planificación; Organización institucional;
Participación; Medios de transporte; Movilidad ciclista y peatonal; Vehículo eléctrico
Resumen:
Es necesario que los poderes públicos promuevan la efectividad del derecho fundamental a
circular por el territorio, pero teniendo en cuenta que la movilidad ha de respetar el medio
ambiente y debe realizarse de la forma más compatible posible con una utilización racional
de los recursos naturales, siempre con el objetivo último de mejorar la calidad de vida de las
personas.
Tal y como se recoge en el preámbulo de la norma, la excesiva proliferación del uso del
vehículo privado motorizado ocasiona problemas medioambientales, económicos y para la
salud, debido a la saturación viaria, la ineficiencia energética, la emisión de gases de efecto
invernadero y otros. Todo ello aconseja que la regulación del transporte no se realice en un
cuerpo normativo ajeno a todas estas materias; de ahí que se impliquen competencias
exclusivas del Principado de Asturias en materia de ordenación del territorio y del litoral,
urbanismo, vivienda, protección del medio ambiente y otras.
En tal sentido, Asturias se ha decantado por un nuevo modelo de movilidad que ofrece
alternativas al basado en el uso del vehículo privado motorizado mediante el fomento del
uso de modos de transporte más sostenibles como son la marcha a pie, la bicicleta u otros
medios de transporte activo. El transporte público también juega un papel trascendental en
la reducción de los impactos ambientales y sociales asociados a la movilidad.
En definitiva, la presente Ley tiene por objeto regular los transportes y las actividades
auxiliares y complementarias de estos que sean competencia del Principado de Asturias y de
sus concejos, así como promover una movilidad universalmente accesible, segura, asequible
y que utilice, preferentemente, modos de transporte sostenibles.
El capítulo II del Título preliminar incluye un amplio elenco de definiciones entre las que
destacamos la de “movilidad sostenible” y “transporte sostenible”. Se suman los principios
informadores de la Ley y sus objetivos específicos, entre los que se encuentran: mejorar la
calidad ambiental y la salud de la población reduciendo la contaminación ambiental,
incluyendo la acústica, asociada al transporte. Desarrollar y poner en práctica políticas en

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