Ley de Cantabria 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC núm. 234, de 5 de diciembre de 2013)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas83-84

Page 83

Temas Clave: Energía eólica; Autorización para la construcción y explotación de parques eólicos; Fondo para la Compensación Ambiental y la Mejora Energética

Resumen:

Esta ley se estructura en tres títulos. En el primero se establecen las disposiciones generales relacionadas con su objeto que no es otro que la regulación del procedimiento para autorizar la construcción, explotación, ampliación, modificación, transmisión y cierre de los parques eólicos por un lado y la creación del Fondo para la Compensación Ambiental y la Mejora Energética por otro, como instrumento este último para la preservación de la cohesión y equilibrio territorial y el medio natural. En este primer título también se contienen su ámbito de aplicación y las definiciones básicas para la interpretación de diversos conceptos y mecanismos de coordinación administrativa.

En el segundo título se regula la tramitación administrativa que debe seguirse durante cualquiera de las fases descritas anteriormente. La principal novedad radica en el establecimiento de un trámite previo de selección competitiva de proyectos adecuado a la especialidad del sector de la energía eólica, que pretende ofrecer mayor agilidad administrativa, al no hacer depender todo el desarrollo eólico del resultado de un trámite de concurso general.

El tercer título regula el Fondo para la Compensación Ambiental y la Mejora Energética que pretende nutrirse, entre otros recursos, con las aportaciones económicas comprometidas por los promotores de los parques eólicos que hayan obtenido una autorización en competencia. El citado fondo se articula como un instrumento destinado a financiar...

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