- Inicio
- Libros y Revistas
- Comentarios Al Codigo Civil
- Tomo XXII - Vol. 2º, Artículos 1809 a 1821 Del Código Civil y Ley de Arbitrajes de Derecho Privado
- Título XIII. De las Transacciones y Compromisos
- Capítulo Segundo. De los Compromisos
Ley de 22 Diciembre Artículos 22 al 23
Autor | Tomás Ogayar Ayllon |
Cargo del Autor | Expresidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo. Acdémico de Número de la Real de Jurisprudencia y Legislación |
-
NOMBRAMIENTO DE LOS ÁRBITROS POR LAS PARTES
En la L. e. c. se diponía en su artículo 791 que los árbitros habían de elegirse de común acuerdo por las partes, acuerdo que debería mediar para la elección de todos, o por lo menos del tercero, si convinieren en que sean tres o cinco. De estas palabras se dedujo, porque así convenía a los interesados, que cada una de las partes tenía derecho a nombrar un árbitro y que sólo el nombramiento del dirimente, en su caso, es el que tenía que tener el asentimiento común de todos los compromitentes, lo que ingenuamente se hacía constar en la escritura de compromiso.
Esta práctica viciosa era contra legem, pues la Ley procesal exigía el consentimiento de todos los interesados para la designación de los árbitros, puesto que si bien cabía que cada parte eligiera a persona de su confianza, esta designación había de ser aprobada por la contraria, lo que significaba que habían de obrar de común acuerdo; y el tercero tenía que tener la confianza absoluta de las partes. Era preciso, pues, para el nombramiento de «cualquiera» de los árbitros la conformidad de todos lo compromitentes, si bien en la práctica se desconocía este principio y sólo para el tercero se exigía el asentimiento común.
El artículo objeto de este comentario ratifica esa conformidad de todos los contratantes, la que sigue siendo necesaria, como la revela la frase «en todo caso» que trata de remachar tal exigencia, exigencia que justifica la Exposición de Motivos diciendo que «sin que la solución, a veces propugnada, de atenuar este rigor de la Ley, se haya aceptado para arbitrajes, como los que regula, de puro carácter particular, sin perjuicio de que se pueda seguir otro criterio cuando se organicen arbitrajes corporativos o sindicales, en los que quepa establecer un criterio para el nombramiento de árbitros menos inflexible».
Por consiguiente, el nombramiento de los árbitros, de todos los árbitros, es una operación que se verifica de común acuerdo entre las partes. Esto no es obstáculo para que cada una de ellas acepte la designación, o mejor la iniciativa que la otra parte adopte, aceptación que implica el común asentimiento. En la práctica, repito, se desconocía este principio y lamentablemente se sigue desconociendo, como lo revela el caso siguiente, que ha llegado a nuestro conocimiento: solicitada la formalización judicial de un compromiso, en el auto que la decretó se nombraron árbitros a uno de los propuestos por cada parte, y para el dirimente se facultó a los nombrados para elegir ellos el tercero. Notificado a los árbitros, no aceptaron el cargo, exponiendo que el nombramiento en esas condiciones era nulo.
Insistimos en que la conformidad de los compromitentes es exigida «en todo caso» para el nombramiento de cualquiera de los árbitros, y si se vulnera esta total conformidad la designación es nula. Con ello se ha querido evitar que los designados se consideren representantes de la parte que así los nombrara.
-
NO PUEDE HACERLO UNA SOLA DE ELLAS O UN TERCERO
Como los árbitros reciben su potestad de la voluntad y sumisión de los interesados, no pueden éstos en ningún caso conferir a una tercera persona la facultad de hacer la elección o nombramiento de ninguno de los árbitros, según disponía el último párrafo del artículo 791 de la L. e. c, que confirmaba lo prevenido en el número 4.° del artículo 774 de la Ley anterior; ese acto es personalísimo y no puede delegarse en un tercero.
La Ley...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba- Título XIII. De las transacciones y compromisos
- Capítulo Segundo. De los compromisos
- Capítulo Segundo - Artículos 1.820 y 1.821
- Ley 22 Diciembre Artículo 1
- Ley de 22 Diciembre Artículo 2
- Ley de 22 Diciembre Artículo 3
- Ley de 22 Diciembre Artículo 4
- Ley de 22 Diciembre Artículo 5
- Ley de 22 Diciembre Artículo 6
- Ley de 22 Diciembre Artículo 7
- Ley de 22 Diciembre Artículo 8
- Ley de 22 Diciembre Artículo 9
- Ley de 22 Diciembre Artículo 10
- Ley de 22 Diciembre Artículo 11
- Ley de 22 Diciembre Artículo 12
- Ley de 22 Diciembre Artículo 13
- Ley de 22 Diciembre Artículo 14 al 15
- Ley de 22 Diciembre Artículo 16
- Ley de 22 Diciembre Artículos 17 al 19
- Ley de 22 Diciembre Artículos 20 al 21
- Ley de 22 Diciembre Artículos 22 al 23
- Ley de 22 Diciembre Artículo 24
- Ley de 22 Diciembre Artículo 25
- Ley de 22 Diciembre Artículo 26
- Ley de 22 de diciembre Artículo 27
- Ley de 22 de Diciembre Artículo 28
- Ley de 22 Diciembre Artículo 29
- Ley de 22 Diciembre Artículo 30
- Ley de 22 Diciembre Artículo 31
- Disposiciones Transitorias
- Disposicion Derogatoria
Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Búsquedas relacionadas:
- acta o certificado nombramiento de consejero delegado
- capacidad juridica y capacidad de obrar articulos codigo civil
- articulo 54 estatuto trabajadores
- artículo 27 constitucion española
- artículo 1 124 código civil
Otros documentos interesantes: