La ley 9/2018 por la que se modifica la ley 21/2013 de evaluación ambiental: otra oportunidad perdida para avanzar hacia una participación real y efectiva

AutorFernando Vicente Davila
CargoAbogado. Doctor en Derecho Ambiental, Universidad de Vigo
Páginas96-115
Recopilación mensual n. 86, Enero 2019
96
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 21 de enero de 2019
“LA LEY 9/2018 POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 21/2013 DE
EVALUACIÓN AMBIENTAL: OTRA OPORTUNIDAD PERDIDA
PARA AVANZAR HACIA UNA PARTICIPACIÓN REAL Y
EFECTIVA”
Autor: Fernando Vicente Davila. Abogado. Doctor en Derecho Ambiental,
Universidad de Vigo
Fecha de recepción: 04/ 12/ 2018
Fecha de aceptación: 19/ 12/2018
Fecha de modificación: 11/ 01/2019
Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/06/pdfs/BOE-A-2018-
16674.pdf
Índice:
I. Introducción
II. Fundamento de la modificación
III. El modelo de participación pública en España
IV. Los estándares de buenas prácticas
V. El alcance limitado de la reforma
VI. Las oportunidades perdidas
VII. Reflexión final
VIII. Bibliografía
www.actualidadjuridicaambiental.com
97
I. INTRODUCCIÓN
La deliberación pública en la decisión ambiental enriquece la información y los
datos disponibles, aprovecha las experiencias y la capacidad de todos los
involucrados, fortalece el contraste de las alternativas, y desarrolla nuevas
capacidades en la gestión fortaleciendo la legitimidad y confianza del público
en la autorización final adoptada. Todas estas virtudes de la participación han
servido para asentar doctrinalmente el principio de participación pública y
colocarlo en la espina dorsal de la institución de la Evaluación Ambiental (EA
en adelante), hasta el punto de considerar que sin participación ésta no existe.
La Ley de Evaluación Ambiental 21/2013, de 9 de diciembre (LEA en
adelante), no se quedaba atrás cuando alumbraba el nuevo sistema nacional de
EA e incluía este principio en su parte expositiva y en el artículo 2 sobre los
principios que rigen el procedimiento de EA.
Pero una cosa son las declaraciones de principios y otra, cómo se materializan
éstos a través de las concreciones normativas, y cómo responden a los
parámetros de transparencia, acceso a la información y participación a lo largo
del procedimiento.
II. FUNDAMENTO DE LA MODIFICACIÓN
A nivel europeo, la modificación que se operó en el año 2014 sobre el texto
refundido de la Directiva 2011/92/UE, mediante la Directiva 2014/52/UE,
vino a reforzar el actual enfoque de la evaluación de impacto ambiental
existente. La mayor parte de los principios, objetivos, novedades y mandatos
de esta Directiva 2014/52/UE ya habían sido transpuestos a la LEA de 2013,
al haber tenido una tramitación prácticamente simultánea, aunque algunos
aspectos habían quedado incompletos y difusos en ese intento de
transposición.
Así las cosas, en nuestro marco nacional, la Ley 9/2018, de 5 de diciembre,
por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, es la que ahora
viene a suplir las carencias de esa incompleta transposición. A esta necesidad
se han añadido otras, surgidas por la implementación que traían causa en las
declaraciones de inconstitucionalidad que han recaído hasta el momento y que
ahora se incorporan
1.
1 De esta manera, junto los aspectos claves que venían impulsados por la fuerza de la
directiva como la necesidad de avanzar en lograr una participación pública y efectiva y que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR