Ley 7/2014, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. (BOC Ext. núm. 68, de 30 de diciembre de 2014)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas57-58
www.actualidadjuridicaambiental.com
57
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 26 de enero de 2015
Ley 7/2014, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. (BOC Ext.
núm. 68, de 30 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
A través de esta ley se introducen las siguientes modificaciones:
-Modificación de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria
Esta Ley se modifica para adaptarla a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la
unidad de mercado y a las últimas reformas legislativas operadas por el Real Decreto-ley
8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia.
Se modifica en los términos siguientes: Se modifican el apartado 2 del artículo 6 y el
artículo 21. Se derogan los artículos 8, 9, 10 y 11.
-Modificación de la Ley de Cantabria 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el
aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Esta Ley se ha visto parcialmente alterada con la posterior publicación de la Ley 20/2013,
de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, de manera más específica, por la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, circunstancias que justifican la
modificación al objeto de adecuar sus preceptos a la normativa básica estatal.
Se modifica en los términos siguientes: Se modifican los apartados 1 y 3 del artículo 7, el
artículo 8, el artículo 9. El Capítulo II del Título II se suprime, y se derogan los artículos 10
a 19. Los Capítulos III, IV y V del Título II pasan a denominarse "Capítulo III.
Autorización de parques eólicos", "Capítulo IV. Modificación de parques eólicos" y
"Capítulo V. Transmisión y cierre de parques eólicos". Se modifican el artículo 20, el
artículo 21, el artículo 22, el artículo 23, el artículo 24, el artículo 25, el artículo 27. Se
deroga la disposición adicional primera. Se modifica la disposición final primera.
-Modificación de la Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del Turismo de Cantabria
Ha sido necesario modificar esta Ley, a fin de, por un lado, adecuarla a lo previsto en el
artículo 17 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, e
incluir la necesidad de autorización de los campamentos de turismo en norma con rango de
Ley, medida cuya necesidad y proporcionalidad viene motivada tanto en que, en ocasiones,
estos establecimientos turísticos se sitúan en terrenos de dominio público, como en la
exigencia de que la construcción y posterior explotación de los mismos ha de ser evaluada
ambientalmente, de conformidad con lo previsto en el Anexo b2 de la Ley de Cantabria
17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.

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