Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo. (BOCyL núm. 181, de 19 de septiembre de 2014)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas17-21
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de octubre de 2014
Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y
renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia
de urbanismo. (BOCyL núm. 181, de 19 de septiembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Urbanismo; Sostenibilidad; Simplificación administrativa; Ordenación del
territorio; Ruido; Transporte; Protección ambiental; Eficiencia energética; Régimen del
suelo; Vivienda
Resumen:
En la Exposición de Motivos de esta norma se refleja que para conseguir la sostenibilidad
de una ciudad se requiere cohesión social e integración entre sus partes; la mejora de la
calidad de vida y la protección del medio ambiente, desde las áreas centrales a las periferias
marginales. No obstante, la aceleración del crecimiento urbano ha venido acompañada de
problemas sociales y ambientales que hacen necesario plantearse como objetivos
prioritarios de la estrategia urbanística para las ciudades de Castilla y León en el siglo XXI,
la rehabilitación, la regeneración y renovación urbanas, así como su adecuada gestión.
Dentro de este marco y en el camino abierto por la Administración del Estado mediante la
Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas; esta
nueva norma autonómica incluye un conjunto de medidas cuyo objetivo común es
conseguir la viabilidad de las políticas públicas que actúan sobre las ciudades de Castilla y
León, tanto a través de actuaciones específicas, como mediante medidas complementarias
de sostenibilidad, coordinación y simplificación administrativa en materia de urbanismo.
La ley se estructura en cuatro títulos: El primero aborda algunas modificaciones de la Ley
de Ordenación del Territorio de Castilla y León; el título II contiene numerosas
modificaciones de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, al ser la ciudad el objeto central
de esta ley; el título III contiene modificaciones puntuales sobre la Ley del Ruido de Castilla
y León; finalmente, el título IV introduce una serie de cambios sobre la Ley del derecho a la
vivienda y la Ley de medidas urgentes en materia de Vivienda. La ley se completa con tres
disposiciones transitorias, una derogatoria y cuatro finales.
Destacaremos los siguientes aspectos de la norma:
-El capítulo I del título II regula elementos centrales de la ley. En primer lugar, la
rehabilitación y la regeneración y la renovación urbanas se incorporan como objetivos de la
actividad urbanística de las administraciones públicas, dejando constancia de que su objeto
preferente deben ser los “espacios urbanos vulnerables”, que se definen con una doble
dimensión, material y social. Las actuaciones se planificarán mediante el planeamiento
general o con un plan especial de reforma interior.

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