Ley 522

AutorÁlvaro d'Ors Pérez-Peix
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Romano

La antigua stipulatio romana, por su carácter formal, debía vincular personalmente a los que intervenían en ella, aunque la obligación así nacida fuera luego activa y pasivamente transmisible a los herederos; si no, la estipulación no era nula, sino simplemente ineficaz: era nula la obligación, pero no el acto mismo de la estipulación. Esta era la razón de la ineficacia de las estipulaciones post mortem, pues no podían tener efecto antes de la muerte prevista; sin embargo, la misma jurisprudencia salvó el efecto de las estipulaciones de dar post mortem con el subterfugio de no referirlas a la muerte, sino al momento de estar muriendo (cum moriar), y Justiniano, en una época en que la estipulación había perdido ya...

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