Ley 354

AutorAlvaro D'Ors Pérez-Peix
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Romano

Esta ley recoge una costumbre navarra, que establece el régimen para algunos frutos agrícolas. Se altera en ella el principio romano de la -separación- por el de la -apariencia- de ciertos frutos naturales. La ley 9 de las Cortes de Pamplona de 1590 (Novísima Recopilación, 3, 3, 3), es la que estableció las fechas de los números 1 y 2 de esta ley 354 para la distribución de los frutos de tierras de cereales o de viñas entre el retrayente y el retraído; cfr., para este caso de retracto, la ley 450. La presente ley lo generaliza para todo cambio de posesión, y se remite, en su número 3, a la costumbre del lugar para otros tipos de cultivo. Pero, a falta de costumbre especial, los frutos pertenecen al propietario de la finca desde su separación, ya que...

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