Ley 1/2019, de 5 de febrero, de modificación de la Ley 5/2014 de 25 de julio de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas71-73
www.actualidadjuridicaambiental.com
71
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 6 de marzo de 2019
Ley 1/2019, de 5 de febrero, de modificación de la Ley 5/2014 de 25 de julio de
ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios
en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8481, de 7 de febrero de 2019
Temas clave: Clasificación de suelos; Ordenación del territorio; Planeamiento urbanístico;
Paisaje; vida silvestre; Suelo rural; Urbanismo
Resumen:
Se ha aprobado en la Comunidad Valenciana una importante modificación de la Ley
5/2014, de 25 de julio de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje
de la Comunitat Valenciana. El espíritu de dicha reforma legal es llevar a cabo cambios
fundamentales que tienen como objetivo atender a la propia realidad del urbanismo de la
Comunitat Valenciana, en ese sentido trata de potenciar la sostenibilidad urbanística y
mejorar la calidad de vida de sus habitantes y atender igualmente a frenar el urbanismo
descontrolado que durante años ha sido una constante en esta Comunidad.
Antes de entrar a examinar los cambios planteados en el articulado de la norma, se reitera
en la exposición de motivos que los principios generales que plantea la nueva Ley son,
entre otros, la conservación del suelo rural per se”, como valor en sí mismo, insustituible y
minusvalorado por quien debería protegerlo, las administraciones públicas. Igualmente se
prevé tanto la conservación de la vida silvestre existente en estos espacios y que las
personas puedan desarrollarse en su total plenitud. Otro de los fines planteados es
conseguir que las áreas urbanas sean un espacio más confortable para los ciudadanos, por
lo que se prevé intervenir mediante la rehabilitación de edificios, renovación de
equipamientos urbanos, etc.
Para la implantación de estas políticas urbanas y de actuación sobre el territorio, se precisa
de la modificación del marco normativo existente constituido por la Ley 5/2014, de 25 de
julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat
Valenciana. Esta modificación debe realizarse de acuerdo con las normas básicas
establecidas por el Estado en la regulación sobre el suelo, el medio ambiente y la vivienda y,
especialmente, con lo establecido en el Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana.
Para desarrollar los objetivos planteados se establece un marco de estímulos e incentivos
que permitan llevar a cabo actuaciones de renovación, regeneración y rehabilitación urbana.
Se pretende facilitar las intervenciones en el suelo urbanizado destinadas a mejorar la
calidad de estos ámbitos que puedan estar obsoletos, infradotados y deteriorados o en
aquellos en que se dan situaciones de vulnerabilidad. Con este fin se modifican los

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR