Lexnet

AutorBeatriz Sanjurjo Rebollo
Cargo del AutorDoctora en Derecho y Abogada del ICAM
Páginas21-46

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"Internet facilita la información adecuada, en el momento adecuado, para el propósito adecuado"

Bill Gates

1 El reto llamado Lexnet

Una lógica consecuencia del desarrollo de las TICs era que si vivimos y trabajamos en un mundo digitalizado, cómo no iba afectar este fenómeno a la profesión de la Abogacía; a pesar, de que sea percibida desde fuera como una de las profesiones más tradicionales.

La nuestra es una transformación hacia lo digital que trae consigo nuevos modos de trabajo y que exige formación y nuevas competencias profesionales a los Abogados, competencias que combinan conocimientos teóricos y práctica profesional con el uso de la red, cambios que requieren convertir en propios nuevos entornos vanguardistas y que nos transformarán día a día en el modelo del más actual usuario de la red, el superusuario, aquel que interactúa sin cesar 24 horas al día, 365 días al año.

Internet es un cambio transversal que afecta a todas las disciplinas, a todos los profesionales, a todos los ciudadanos. Hablamos de la Nube, cada vez compramos más online, manejamos términos como Big Data, cookies, derecho al olvido, ciberdelitos o smart cities; y es que, existen nuevas tendencias, nuevos desafíos en los sistemas de comunicación que abren paso a paso diferentes e innovadores

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sistemas de interacción. En definitiva, nos rodean nuevos paisajes digitales que animan al emprendimiento, a nuevas oportunidades, a asumir nuevos retos. Algo a lo que los Abogados siempre estamos dispuestos.

Rodeados de atractivos entornos digitalmente inteligentes en ese sugestivo contexto en el que vivimos insertos desde hace años, nos introducimos cada vez más -y casi sin ser capaces de percibir nuestro propio progreso- en el marco de esas Tecnologías de la Información y de la Comunicación online, un contexto en el que hoy se ha integrado una nueva asignatura para nuestra profesión.

Desde hace tiempo el desafío virtual de las comunicaciones telemáticas en nuestro trabajo es una realidad que ninguno ignoramos, comenzamos paso a paso con las más antiguas bases de datos online que significaron un gran cambio; ahora, hablamos de dar un paso más allá, un cambio más radical, que en realidad, con cierta perspectiva, no es más que una simple consecuencia de ese meteorito llamado Internet que con gran fuerza silenciosa ha impactado en nuestra realidad cotidiana transformándola, y que hoy trae de su mano el inicio de otro gran cambio, el de las comunicaciones electrónicas entre Abogados y la Administración de Justicia, y que inicia su expansión con una gran repercusión, al igual que ocurre con las ondas que crea una gota de lluvia cuando con su caída rompe la tranquilidad de un lago.

Ese lago es hoy nuestro despacho, y abrimos la puerta a la llegada del primer cambio de otros muchos que le seguirán y que conformarán la Abogacía digital del futuro, ese primer cambio tiene nombre, se llama Lexnet.

2 Lexnet Abogados: ¿Desafío o realidad?

El reto digital que supone Lexnet nos exige formación y, no nos engañemos, sabemos que el tiempo es oro en cualquier profesión; pero, especialmente en la nuestra donde se nos exige la máxima responsabilidad y, al tiempo, el cómputo de plazos marca nuestra realidad diaria

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entre fechas de presentación de escritos, prescripciones y caducidades; por ello, la principal finalidad de esta obra es responder de forma concisa, clara y, a través del formato de pregunta/respuesta, a las principales dudas que pueden planteársenos en nuestro quehacer diario a cualquier Abogado ante la obligatoriedad legal de la implantación del sistema Lexnet el 1 de enero de 2016.

Durante años los Letrados hemos oído hablar a los Procuradores de este sistema de gestión procesal, tanto de lo positivo de Lexnet como de los problemas que ha creado esta plataforma digital en la práctica. Ahora somos los siguientes profesionales, junto a otros colectivos que también se unen al uso de este sistema de comunicación, los que vamos a incluir en nuestro quehacer procesal diario el traslado digital de presentación de escritos, demandas y recepción de notificaciones en una relación bidireccional con la Administración de Justicia; por lo que, la necesidad de conocer su uso de una forma práctica, efectiva y sin perder demasiado tiempo es una exigencia para cualquier Abogado en ejercicio.

Evidentemente, se trata de un tema en constante evolución, ya que la utilización de dicha plataforma por los Letrados generará cada día una gran casuística con nuevos e interesantes desafíos y retos a superar; pero, es preciso comenzar conociendo las principales innovaciones que afectarán a nuestra actividad diaria; cómo hacerlo, y qué cambios conllevará utilizar este sistema tecnológico sin que afecte al ritmo que exige la defensa de nuestros justiciables, ni a los plazos judiciales a los que estamos sometidos; éste es hoy nuestro objetivo.

Ante nosotros Lexnet ha pasado de ser un desafío a una realidad que pretende ahorrar gestiones, papel, evitar pérdidas de tiempo innecesarias y dotar de mayor eficacia a nuestro trabajo, ayudándonos del uso de nuevas tecnologías, centrándonos en todo lo positivo que conlleva la utilización de las comunicaciones telemáticas a través de Internet y sabiendo cómo solventar los principales problemas que pueden surgirnos con su uso; simplemente, es pre-

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ciso incorporar Lexnet al ejercicio de profesión. Una obligación legal que hay asumir sin excusas.

Como Letrada y docente he tratado de extraer lo fundamental sobre Lexnet y exponerlo de la forma más clara posible, simplemente porque es un nuevo deber que asumimos, y que como juristas necesitamos incorporar como una rutina más, para seguir trabajando con la misma seguridad y efectividad de siempre. Hoy en este contexto innovador la Abogacía se ha abierto al mundo digital de las NEOs (Notificaciones Electrónicas Obligatorias) en su relación con la Administración de Justicia.

3 ¿Qué significa y qué es Lexnet?

Etimológicamente Lexnet significa: la Ley en la Red. Simbolizando el salto virtual que se ha dado desde el mundo legal y judicial a ese flujo constante de millones de bits de información que circulan y se intercambian gracias a Internet, y que permite incorporarse mediante esta nueva plataforma a la comunicación bidireccional entre la Administración de Justicia y el resto de los operadores jurídicos a la hora de recibir notificaciones y presentar escritos en forma electrónica.

Lexnet para Abogados se reguló en el Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, y posteriormente por el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia, regulador del sistema Lexnet.

El Art. 1 de este RD 1065/2015 establece expresamente que este texto legal "tiene por objeto desarrollar la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, en lo relativo a las comunicaciones y notificaciones electrónicas, así como a la presentación electrónica de escritos, documentos u otros medios o instrumentos y al traslado de copias, en el ámbito de la competencia del Ministerio de Justicia y sin perjuicio de las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas".

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Lexnet en realidad permite gestionar vía telemática muchas de las tramitaciones que en el marco de un procedimiento judicial se habían venido haciendo anteriormente en formato papel o soporte físico, como recibir notificaciones y presentar demandas o escritos iniciadores y de trámite; comunicaciones que por esta plataforma se trasladan al mundo digital a través de un sistema electrónico asegurado por el uso de la firma digital.

Hasta ahora estas comunicaciones se realizaban a través del Procurador y en formato físico, en papel. La Ley 18/2011 de fecha 5 de julio1, reguladora del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Administración de Justicia en la DA 2ª preveía la entrada en vigor en 5 años del expediente judicial electrónico.

Sin llegar a ello, el Art. 1 del Real Decreto 1065/2015, de fecha 27 de noviembre2, da un paso adelante y define este sistema telemático como el que facilitará la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias, la realización de actos de comunicación procesal y notificaciones, al tiempo que el RD establece las condiciones generales de su utilización y funcionamiento. Iniciándose un sistema de comunicación telemática en los procedimientos judiciales en los que no sea preceptiva la intervención de un Procurador.

Tenemos ante nosotros el sistema de gestión procesal utilizado a partir de ahora por la Administración de Justicia y por diferentes operadores jurídicos habilitados, quienes en una comunicación bidireccional intervienen en el proceso con un considerable ahorro de tiempo y de costes, tanto económicos como profesionales.

En los Juzgados del territorio español Lexnet ha sido promovido por el Ministerio de Justicia dentro de su plan de digitalización. Lleva años siendo utilizado por los...

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