El legislador ante la garantía procesal del recurso en el orden jurisdiccional penal. Una aproximación a la reforma proyectada

AutorM.ª Pía Calderón Cuadrado
CargoCatedrática de Derecho Procesal. Universitat de València
Páginas355-414
EL LEGISLADOR ANTE LA GARANTÍA
PROCESAL DEL RECURSO EN EL ORDEN
JURISDICCIONAL PENAL.
UNA APROXIMACIÓN
A LA REFORMA PROYECTADA
M.ª Pía Calderón Cuadrado
Catedrática de Derecho Procesal
Universitat de València
Este estudio es sobre todo una invitación a la reflexión ante un tema, la im-
pugnación penal, de indudable actualidad. Lo es, de un lado, por su nada des-
deñable repercusión internacional, consecuencia de los Dictámenes del Comité
de Derechos Humanos de la ONU sobre la casación española y el eventual in-
cumplimiento de los postulados del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos (según su artículo 14.5 toda persona declarada culpable por la co-
misión de un hecho delictivo tiene derecho a que la sentencia condenatoria
dictada sea revisada por un tribunal superior). Lo es, de otro, por la preten-
dida y más que probable renovación de la normativa procesal interna, reno-
vación con la que se persigue afrontar la siempre deseada y ya inaplazable
modernización de la justicia penal en nuestro país. A ello responde, si bien de
nuevo parcialmente, el Proyecto de Ley Orgánica por la que se adapta la le-
gislación procesal a la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi-
cial, se reforma el recurso de casación y se generaliza la doble instancia penal.
La llamada a la reflexión está, pues, justificada, máxime cuando el proceso
penal proyectado se termina estructurando en torno a una instancia única y,
aunque sorprenda, dos recursos extraordinarios sucesivos. El primero, gene-
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ralizado, es la apelación; el segundo, restringido en principio a delitos de cier-
ta gravedad, es la casación para unificación de doctrina. El trabajo que se
presenta es una aproximación a esa futura regulación, a sus virtudes, incon-
venientes y posibles mejoras. Precisamente por ello, una de sus conclusiones
gira en torno a la desaparición en el orden penal, y salvo en procesos de me-
nores, del criterio del doble grado jurisdiccional. Ni que decir tiene que los in-
terrogantes abiertos, desde la perspectiva incluso del derecho al recurso, son
numerosos.
SUMARIO
1. NECESARIA PREVISIÓN Y LIBRE CONFIGURACIÓN COMO PUNTOS DE
PAR TIDA.
1.1. Con carácter previo: garantía básica para el condenado en el proceso
penal.
1.2. ¿Posibilidad de excepciones?
1.3. El difícil significado de la revisión de la condena por un tribunal superior.
2. UN DILEMA CLÁSICO: RECURSO ORDINARIO-RECURSO EXTRAORDINARIO.
2.1. La solución en la etapa codificadora: la Ley de Enjuiciamiento Criminal de
1882.
2.2. La diversificación del sistema de recursos durante el transcurso de la pasa-
da centuria.
2.3. La pretendida vuelta a la unidad en los inicios del siglo XXI.
3. SOBRE LA PROPUESTA DE GENERALIZAR LA DOBLE INSTANCIA.
3.1. Una previsión engañosa e inexacta.
3.2. Las líneas generales del cambio.
3.3. Razones y consecuencias.
M.ª Pía Calderón Cuadrado
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NÚMERO MONOGRÁFICO
4. SOBRE LA PROPUESTA DE MODIFICAR EL RECURSO DE CASACIÓN.
4.1. Hacia una nueva modalidad de casación penal: unificación de doctrina.
4.2. Un recordatorio: la contradicción no es motivo del recurso.
5. DOS APUNTES FINALES Y CRÍTICOS SOBRE LA REFORMA DE LOS RE-
CURSOS FRENTE A RESOLUCIONES «INTERLOCUTORIAS».
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DE LA JUSTICIA PENAL
CEDH Convenio Europeo para la protección de
los derechos del hombre y de las liberta-
des fundamentales.
ONU Organización de las Naciones Unidas.
STC/SSTC Sentencia/s del Tribunal Constitucional.
Listado de abreviaturas utilizadas:

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