Legislación

AutorSusana Navas Navarro
CargoProfesora Titular de Derecho Civil, U. Autónoma de Barcelona
Páginas243-245

Page 243

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2007).

La presente Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres pretende erigirse, al menos esa es la pretensión declarada del legislador en la exposición de motivos, en la ley-código de la igualdad entre mujeres y hombres. En este sentido, la ley prevé un marco general para la adopción de las denominadas acciones positivas. Ahora bien, la ley no sólo contiene mandatos dirigidos a los poderes públicos, sino que también afecta a las relaciones entre particulares. La regulación del acceso a bienes y servicios es objeto de atención por la norma intentando conjugar el principio de igualdad con el principio de libertad contractual. Una atención especial presta la ley a la aplicación del principio de igualdad en el ámbito laboral y así se reconoce el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral tratando de fomentar la corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de las cargas familiares. La ley pretende promover la igualdad en el ámbito empresarial para que, en el marco de la negociación colectiva, sean las partes las que decidan las medidas a adoptar en la línea de hacer real y efectiva la aplicación de este principio. En el ámbito del empleo también se ha tenido en cuenta, por el legislador la provisión de puestos de trabajo en el seno de la Administración General del Estado, extendiéndose esta aplicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas. También se garantiza la presencia de mujeres y de hombres de forma equilibrada en el ámbito de la representación política.

La Ley Orgánica 3/2007 aparece estructurada del siguiente modo: Título Preliminar, ocho Títulos, treinta y una disposiciones adicionales, once disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales. En el Título Preliminar se establece el objeto y el ámbito de aplicación de la ley. El Título I («El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación») define, siguiendo a las Directivas comunitarias, los conceptos y categorías básicas relativas a la igualdad (discriminación directa, discriminación indirecta, acoso sexual, acciones positivas). Además, determina las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias e incorpora garantías de carácter procesal para reforzar la protección judicial del derecho a la igualdad. El...

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