Legislació estatal

AutorLluís Jou i Mirabent, Ildefonso Sánchez Prat.
Páginas157-187

1.- BANCOS.- CONSUMIDORES. Circular 3/1996, de 27 de febrero, del Banco de España por la que se modifica la Circular 8/1990, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela. Publica B.O.E. de 13 de marzo.

2.- CORREDORES DE COMERCIO. CIRCUNSCRIPCIONES.- Orden de 5 de marzo de 1996, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se aprueban las plazas, con sus correspondientes circunscripciones, para el ejercicio de las funciones de Corredor de Comercio. Publica B.O.E. de 13 de marzo. (Se incluye el texto).

3.- ARRENDAMIENTOS URBANOS.-REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- R. Dcto.297/1996, de 23 de febrero, sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de los contratos de Arrendamientos Urbanos. Publica B.O.E. de 14 de marzo. (Se incluye el texto).

4.- ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.-CONTRATOS.- R. Dcto. 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de ks Administraciones Públicas. Publica B.O.E. de 21 de marzo.

5.-NOTARIAS.- PROGRAMA DE OPOSICIONES.- Corrección de errores de la Resolución de 31 de enero de 1996, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo programa para el primer y segundo ejercicios de las oposiciones al título de Notario. Publica B.O.E. de 22 de marzo. (Se incluye el texto).

6.- PRESTAMOS HIPOTECARIOS.- ÍNDICES.- Resolución de 18 de marzo del Banco de España publicando los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda. Publica B.O.E. de 22 de marzo. (Se incluye el texto).

7.- RECLAMACIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS.- REGLAMENTO.-R. Dcto. 391/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas. Publica B.O.E. de 23 de marzo.

8.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- Orden de 22 de marzo de 1996, del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se aprueban los modelos de declaración de I.R.P.F y del I.P. para el ejercicio de 1995, y se determinan el lugar, foma y plazos de presentación de los mismos. Publica B.O.E. de 18 de marzo.

9.- REGISTROS MERCANTILES.- DEMARCACIÓN.- R. Dcto. 388/1996, de 1 de marzo por el que se modifica la demarcación de los Registros Mercantiles. Publica B.O.E. de 28 de marzo. (Se incluye el texto).

10.- FUNDACIONES.- REGISTRO.- R. Dcto. 384/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal. Publica B.O.E. de 29 de marzo. (Se incluye el texto).

  1. Sánchez Prat

CORREDORES DE COMERCIO. CIRCUNSCRIPCIONES. ORDEN DE 5 DE MARZO DE 1996, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA.

ORDEN de 5 de marzo de 1996 por la que se aprueban las plazas, con sus correspondientes circunscripciones, para el ejercicio de las funciones de Corredor de Comercio Colegiado.

En uso de la autorización de los artículos 50 y 51 del Reglamento para el Régimen Interior de Colegios Oficiales de Corredores de Comercio, aprobado por Decreto 853/1959, de 27 de mayo, con las modificaciones introducidas por Decreto 3110/1968, de 5 de diciembre, Real Decreto 170/1977, de 13 de enero, Real Decreto 2900/1981, de 13 de noviembre, y tras el trámite de información publica («Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre de 1993) y preceptivos informes dispongo:

Primero. El territorio fijado como circunscripción a cada plaza mercantil, así como el número de Corredores adscritos a cada plaza son los especificados en el anexo de la presente Orden.

Segundo. Los partidos judiciales determinantes de las circunscripciones de cada plaza son los previstos en la vigente Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Planta y Demarcación Judicial (en el anexo aparecen recogidos entre paréntesis los partidos judiciales correspondientes a cada plaza).

Tercero. Las plazas mercantiles que se relacionan a continuación quedan adscritas a los Colegios siguientes:

  1. La plazas de Alcalá de Henares, Aranjuez, Fuenlabrada, Parla, Arganda, Móstoles, Majadahonda, Alcorcón, Coslada, Getafe, Leganés, Navalcarnero, Collado Villalva, Torrejón de Ardoz y Alcobendas, al Colegio de Toledo.

  2. Las plazas de Sabadell, Terrassa, Rubí, Martorell, Gavá, Manresa, Igualada, Villafranca del Penedés, Cornelia, Sant Feliú de Llobregat, Esplugas de Llobregat, L'Hospitalet de Llobregat, El Prat de Llobregat, San Boi de Llobregat, Cerdanyola del Valles y Vilanova i La Geltrú, al Colegio de Tarragona.

  3. Las plazas de Badalona, Mataró, Vic, Arenys de Mar, Santa Coloma de Gramanet, Granollers, Berga y Mollet del Valles, al Colegio de Girona.

  4. Las plazas de Guecho, Durango, Guernica y Barakaldo, al Colegio de San Sebastián.

Cuarto. Las plazas creadas como consecuencia de lo establecido en la presente Orden y relacionadas en el anexo lo serán desde la fecha de publicación, excepto las que a continuación se indican que se crearán:

A) Con efectos del día 1 de enero de 1998: Una en Trujillo, Colegio de Badajoz. Una en Sonseca, Colegio de Toledo. Una en Alcobendas, Colegio de Toledo. Cuatro en Madrid, Colegio de Madrid. Una en Lucena, Colegio de Córdoba. Dos en Fuengirola, Colegio de Málaga. Una en Vinaroz, Colegio de Castellón. Una en San Javier, Colegio de Murcia. Una en Valencia, Colegio de Valencia. Una en Silla, Colegio de Valencia. Una en Tarancón, Colegio de Valencia Una en Blanes, Colegio de Girona. Una en Granollers, Colegio de Girona. Dos en Inca, Colegio de Palma de Mallorca. Una en Balaguer, Colegio de Lleida. Una en El Vendrell, Colegio de Tarragona. Una en Igualada, Colegio de Tarragona. Una en L'Hospitalet de Llobregat, Colegio de Tarragona.

Una en Barcelona, Colegio de Barcelona. Una en Chantada, Colegio de La Coruña. Una en Cangas del Morrazo, Colegio de Vigo. Una en Rivadávia, Colegio de Vigo. Una en Sanlúcar de Barrameda, Colegio de Jerez de la Frontera.

Una en Arucas, Colegio de La Palmas de Gran Canaria.

Una en Alcalá de Guadaira, Colegio de Sevilla. Una en Langreo, Colegio de Oviedo. Una en Sant Boi de Llobregat, Colegio de Tarragona.

Una en Sant Feliu de Llobregat, Colegio de Tarragona. Una en Ecija, Colegio de Sevilla.

B) Con efectos del día 1 de enero del 2000: Una en Ciudad Rodrigo, Colegio de Salamanca. Una en Astorga, Colegio de León. Una en Puertollano, Colegio de Toledo. Una en Coslada, Colegio de Toledo. Una en Leganés, Colegio de Toledo. Tres en Madrid, Colegio de Madrid. Una en Roquetas de Mar, Colegio de Granada. Dos en Nules, Colegio de Castellón. Una en Valencia, Colegio de Valencia. Una en Olot, Colegio de Girona. Una en Cornelia, Colegio de Tarragona. Una en Vilanova i La Geltrú, Colegio de Tarragona

Una en Sabadell, Colegio de Tarragona. Una en Caspe, Colegio de Zaragoza. Dos en Barbastro, Colegio de Zaragoza. Una en Aranda de Duero, Colegio de Burgos. Una en Vergara, Colegio de San Sebastián. Una en Irún, Colegio de San Sebastián. Una en Amurrio, Colegio de Vitoria. Una en Guecho, Colegio de San Sebastián. Una en Santiago de Compostela, Colegio de La Coruña.

Una en Betanzos, Colegio de La Coruña. Una en Algeciras, Colegio de Cádiz. Una en Ayamonte, Colegio de Huelva. Una en Telde, Colegio de Las Palmas de Gran Canaria.

Una en Utrera, Colegio de Sevilla. Una en Mieres, Colegio de Oviedo. Una en Bilbao, Colegio de Bilbao.

Quinto. Hasta el 1 de enero de 1998, los partidos judiciales correspondientes a las plazas, que incluidas en el apartado cuarto, A) anterior, se relacionan a continuación, quedan adscritos provisionalmente como circunscripción a las plazas que se citan:

Los partidos judiciales de la plaza de Trujillo, a la de Cáceres.

Los partidos Judiciales de la plaza de Sonseca. a la plaza de Toledo.

Los partidos judiciales de la plaza de. Lucena. a la plaza de Cabra.

Los partidos Judiciales de la plaza de Fuengirola, a la plaza de Málaga.

Los partidos judiciales de la plaza de San Javier, a la plaza de Cartagena

Los partidos judiciales de la plaza de Tarancón, a la plaza de Cuenca.

Los partidos judiciales de la plaza de Blanes, a la plaza de Girona.

Los partidos judiciales de la plaza de Inca, a la plaza de Palma de Mallorca.

Los partidos judiciales de la plaza de Balaguer, a la plaza de Lérida.

Los partidos judiciales de la plaza de El Vendrell, a la plaza de Tarragona.

Los partidos judiciales de la plaza de Chantada, a la plaza de Lugo.

Los partidos judiciales de la plaza de Cangas del Morrazo, a la plaza de Pontevedra.

Los partidos judiciales de la plaza de Rivadavia, a la plaza de Orense.

Los partidos judiciales de la plaza de Arucas, a la plaza de Las Palmas de Gran Canaria.

Los partidos judiciales de la plaza de Alcalá de Guadaira, a la plaza de Sevilla.

Los partidos judiciales de la plaza de Langreo, a la plaza de Oviedo.

Sexto. Hasta el 1 de enero del 2000, los partidos judiciales correspondientes a las plazas, que incluidas en el apartado cuarto, B) anterior, se relacionan a continuación, quedan adscritos provisionalmente como circunscripción a las plazas que se citan:

Los partidos judiciales de la plaza de Ciudad Rodrigo, a la plaza de Salamanca

Los partidos judiciales de la plaza de Nules, a la plaza de Castellón.

Los partidos judiciales de la plaza de Olot, a la plaza de Girona.

Los partidos judiciales de la plaza de Caspe, a la plaza de Zaragoza.

Los partidos judiciales de la plaza de Barbastro, a la plaza de Huesca.

Los partidos judiciales de la plaza de Aranda de Duero, a la plaza de Burgos.

Los partidos judiciales de la plaza de Vergara, a la plaza de San Sebastián.

Los partidos judiciales de la plaza de Irún, a la plaza de San Sebastian

Los partidos judiciales de la plaza de Amurrio, a la plaza de Vitoria.

Los partidos judiciales de la plaza de Betanzos, a la plaza de La Coruña.

Los partidos judiciales de la plaza de Telde, a la plaza de La Palmas de Gran Canaria.

Los partidos judiciales de la plaza de Mieres, a la plaza de Oviedo.

Séptimo. Las plazas cuya amortización se deduce de la entrada en vigor de la presente Orden y su anexo en relación con la hasta el momento vigente plantilla de...

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