Reseña bibliográfica de la obra «Legalizzare la tortura? Ascesa e declino dello Stato di diritto», Ed. Il Mulino, Bologna, 2013 (autores: Massimo La Torre y Marina Lalatta Costerbosa)

AutorEnrique César Pérez-Luño Robledo
CargoProfesor Ayudante contratado y del Instituto Interuniversitario Andaluz de Criminología Universidad de Sevilla
Páginas491-497

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En fecha reciente hemos conmemorado el Bicentenario de la Constitución de Cádiz del 1812. Con ese texto se inicia nuestro constitucionalismo moderno y se sientan las bases para el Estado de Derecho. Uno de los principales logros de la Constitución doceañista fue la abolición de determinadas lacras de nuestra historia jurídica. Entre ellas, debe incluirse la prohibición de uno de los aspectos más siniestros de nuestro proceso criminal en el Antiguo Régimen: el tormento, utilizado como elemento de prueba.

El artículo 303, de la Constitución gaditana proclamaba literalmente: «No se usará nunca del tormento ni de los apremios». Este artículo fue el primer antecedente en nuestra historia constitucional del actual artículo 15 de la Constitución vigente de 1978, en el que, entre otras garantías relativas al derecho a la vida, se establece que las personas: «en ningún caso puedan ser sometidos a tortura, ni a penas o tratos inhumanos». Este derecho humano se halla presente en todas las Declaraciones inter-nacionales y en todas las Constituciones democráticas de nuestro tiempo, como una garantía básica e insoslayable en el catálogo de sus respectivos derechos y libertades.

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En ese contexto del desarrollo y reconocimiento de los derechos humanos por las organizaciones internacionales, en especial por la ONU o el Consejo de Europa, y en el del constitucionalismo democrático comparado, parecía definitivamente abolida y superada la posibilidad de utilizar la tortura en cualquier proceso jurídico. Para la cultura jurídica actual, por tanto, el tema de la tortura era considerado como un capítulo, definitivamente olvidado, de los aspectos más siniestros de los procedimientos jurídicos de épocas de barbarie remotas, perdidas en la noche de los tiempos. Para los juristas humanistas del presente, la temática de la tortura, quedaba reservada a la curiosidad erudita de algún historiador del Derecho.

Esas circunstancias determinan la sorpresa y, en cierto modo, la frustración e indignación que produce en la consciencia jurídica de nuestro tiempo comprobar que la tortura no es un mero residuo de la irracionalidad del Derecho del pasado, objeto de un interés meramente retrospectivo, sino una realidad que ofende al presente.

Nos permite tomar consciencia de esa realidad ominosa el libro que suscita este comentario. Dicha obra plantea los supuestos de legalización de la tortura en el mundo actual y la consiguiente degradación de las conquistas del Estado de Derecho. Son autores del libro dos prestigioso universitarios italianos. El profesor Massimo La Torre es Catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad italiana de Catanzaro y de Teoría del Derecho de la Law School de la Universidad de Hull en Inglaterra. Con anterioridad había sido profesor en el Instituto Universitario Europeo de Florencia y en las Universidades de Bolonia y Messina. Nos hallamos, por tanto, ante un autorizado y solvente representante de la cultura jurídica europea actual, que es digno continuador de la prestigiosa tradición italiana de filósofos del Derecho. En nuestro panorama bibliográfico ha tenido excelente acogida su libro: La lucha contra el derecho subjetivo. Karl Larenz y la teoría nacionalsocialista del Derecho (Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas Universidad Carlos III de Madrid & Dykinson, Madrid...

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