Al lector

AutorFernando Reinoso Martínez
Cargo del AutorDoctor por la Universidad Complutense de Madrid con la tesis 'Blanqueo de Capitales y mass media' (Sobresaliente cum laude) y Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por C.U.N.E.F.
Páginas11-13
AL LECTOR
El presente prontuario jurisprudencial sobre el delito de blanqueo de ca-
pitales reúne decisiones recientes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo —
órgano encargado de fijar la doctrina legal en esta materia — con el único y mo-
desto propósito de simplificar el acceso a esta concreta información jurídica. No
hay por tanto en el libro ninguna pretensión dogmática, más bien meramente
sistemática en cuanto organiza los pronunciamientos jurisdiccionales en torno
a criterios reconocibles para facilitar la búsqueda rápida de cualquier aspecto
relacionado con aquel delito y agilizar su revisión. En otras palabras, el trabajo
persigue poner al alcance del lector, especializado o no, de una forma elemental
y ágil, los complejos entresijos básicos del delito de blanqueo de capitales.
No obstante, con carácter excepcional, me he permitido algunas licencias
dentro de la ortodoxia expositiva para ayudar a la mejor comprensión de deter-
minadas particularidades evolutivas como, por ejemplo, la de explicar el largo
camino recorrido por el delito de blanqueo a través del Código Penal, desde el
primigenio y desaparecido art. 546 bis “f”, pasando por los arts. 344 bis “h” e
“i”, hasta su actual domiciliación en los arts. 301 al 304 en sus sucesivas y múl-
tiples redacciones. De ahí que las sentencias recogidas en este prontuario juris-
prudencial hayan sido seleccionadas entre las dictadas por la Sala de lo Penal
del Tribunal Supremo entre 1996 y 2019. Esto es, desde la entrada en vigor el
24 de mayo de 1996 del actual Código Penal, aprobado mediante Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, hasta los primeros meses del año 2019, en los
que concluyó la búsqueda de jurisprudencia. Ahora bien, debe aclararse que un
porcentaje muy alto de las sentencias elegidas y aquí reproducidas han sido dic-
tadas en los últimos cinco años (2015-2019). La razón de esta preferencia por
las sentencias más recientes radica en la evolución legal del delito que ha ido
viendo modificados sus caracteres en las sucesivas reformas a las que ha sido
sometido, de manera muy acusada en los años 2003 y 2010. Las reformas lo
han configurado finalmente como un delito distinto del inicialmente plasmado
en el texto de 1995, modificando no solo los delitos antecedentes sino también
las conductas típicas objetos de sanción. Esta es la causa de la prelación de las
sentencias modernas sobre las anteriores o más antiguas, porque solo aquellas
permiten describir la doctrina actual del Tribunal Supremo.

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