Leal competencia en la nueva economía de plataformas

AutorNúria Porxas - Carme Sanz
CargoAbogadas.
Páginas13-26
13
ARTÍCULOS
1 · INTRODUCCIÓN: LA ECONOMÍA DE
PLATAFORMAS
Las plataformas digitales han venido para revolu-
cionar, y de hecho han revolucionado ya, el mun-
do, empezando por la economía. Cuando habla-
LEAL COMPETENCIA EN LA NUEVA ECONOMÍA DE PLATAFORMAS
Núria Porxas y CarMe saNz*
Leal competencia en la nueva economía de
plataformas
Las plataformas, entendidas como estructuras o espacios habilitados
por terceros en los que dos o más usuarios pueden interactuar de forma
directa, han existido en el mercado offline desde siempre. Su irrupción
en el mundo digital, sin embargo, ha multiplicado sus posibilidades y
eficiencias: las plataformas, y muy especialmente los mercados en
línea, se han convertido en verdaderos motores de innovación y creci-
miento, al actuar como catalizadores de la actividad de pequeñas y
medianas empresas, que hoy pueden tener un alcance global con costes
de infraestructura muy menores. Con todo, esta nueva realidad lleva
aparejados valores y derechos que preservar. En este contexto, y dando
respuesta a las voces que reclamaban su regulación, se ha publicado
recientemente el Reglamento (UE) 2019/1150 sobre el fomento de la
equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios
de intermediación en línea. Con el objetivo declarado de garantizar
“un ecosistema en línea competitivo, justo y transparente”, la nueva
norma es represora de prácticas comerciales desleales en este nuevo
gran mercado digital. Persigue su objetivo mediante reglas que permi-
tan a los usuarios profesionales de plataformas la competencia por
méritos, y que al mismo tiempo les protejan de las cláusulas predis-
puestas que no pueden negociar. Este trabajo analiza, a la luz de nues-
tro ordenamiento jurídico previo y, en particular, de las normas que
pretenden salvaguardar los principios de transparencia y competencia
como garantía de la buena fe en las prácticas comerciales, el alcance y
oportunidad de este nuevo reglamento.
Fair competition in the new platforms economy
Platforms, understood to be structures or spaces enabled by third
parties in which two or more users can directly interact, have
always existed in the offline market. Their entry into the digital
world, however, has multiplied possibilities and efficiency: plat-
forms, and especially online market places, have acquired an essen-
tial role as engines of innovation and growth since they act as a
catalyst for the e-commerce activity of small and medium-sized
enterprises, which today can have a global reach with much lower
infrastructure costs. Though, this new reality brings with it values
and rights to be preserved. In this context, and answering those
claiming that there be regulation, Regulation (EU) 2019/1150 on
promoting fairness and transparency for business users of online
intermediation services has recently been published. With the
announced purpose of guaranteeing a «competitive, fair, and trans-
parent online ecosystem», the new regulation aims to prevent the
unfair commercial practices in this new large digital market. It pur-
sues its objective through rules that allow professional users of plat-
forms to compete on merit, while at the same time protecting them
from predisposed clauses that they cannot negotiate. This paper
analyses, in the light of our previous legal system and, in particular,
of the rules intended to safeguard the principles of transparency
and competition as a guarantee of good faith in commercial practi-
ces, the scope and opportuneness of this new Regulation.
Palabras Clave
Plataformas, Mercados virtuales, Buscadores, B2B, B2B2C,
Prácticas comerciales desleales, Transparencia, Equidad, Con-
diciones generales de la contratación.
Key Words
Platforms, Virtual market places, Search engines, B2B, B2B2C,
Unfair commercial practices, Transparency, Fairness, General
terms and conditions.
Fecha de recepción: 30-07-2019
Fecha de aceptación: 01-09-2019
mos de economía de plataformas nos referimos a
cualquier tipo de actividad económica facilitada,
directa o indirectamente, por una plataforma digi-
tal 1. Y se considera plataforma digital cualquier
estructura tecnológica que permita comunicacio-
1 Decisión de la Comisión Europea on setting up the group of
experts for the Observatory on the Online Platform Economy,
Bruselas, 26 de abril de 2018, C(2018) 2393.
* Abogadas.
Porxas, Núria; Sanz, Carme: “Leal competencia en la nueva economía de plataformas”, Actualidad Jurídica Uría Menéndez, 52, 2019, pp. 13-26
(ISSN: 1578-956X).

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