Gómez Laplaza, M.a del Carmen: De los bienes parafernales. Publicaciones del Departamento de Derecho civil. 2.a Cátedra. Salamanca, 1976

AutorJosé María Chico Ortiz
Páginas147-150

    GÓMEZ LAPLAZA, M.a DEL CARMEN: De los bienes parafernales. Publicaciones del Departamento de Derecho civil. 2.a Cátedra. Salamanca, 1976.

El estudio monográfico que traigo a recensión supera las setencientas y pico de páginas, que me han parecido sorprendentes para agotar una materia que a mí me cabía en un tema ramplón de quince folios en mi época opositoril. El milagro de este estudio profundo, serio y exhaustivo se debe a la infatigable labor de la autora, que, partiendo de una tesis doctoral, ha ido perfilando matices, acumulando citas y llenando de posibles perspectivas el panorama de quien pretenda pensar serenamente en la institución de los parafernales.

Page 148No pensé nunca que la institución podía dar tanto de sí y creo que menos lo pensaría el legislador español del año 1958 v el de 1975, que quizá contase con menos folios que yo sobre el tema. Claro que si a los futuros «reformadores» del sistema se les va a exigir que se documenten sobre la materia leyéndose la obra que aquí ofrecemos, seguramente nos quedaremos sin reforma o con una reforma prieta de problemas, poco meditada y sacadas a hombros (y el símil puede ser el del torero triunfante o el del féretro claudicante) de una urgencia política.

Ahora que la mujer ha superado las fases de «liberación», «realización» e «integración» social, creo que resulta auténticamente oportuno el tema de los parafernales. Todo ello dicho con las naturales reservas, pensando en una sociedad española de mujeres que pretenden superar esa fase de «rodaje cultural» a que la nación quiere llegar para poder empezar a entender el sueño angélico y poético de un sistema político-democrático. Las encuestas televisivas en torno, por ejemplo del Quijote, rozan el drama de un sistema que pretende ser demócrata sin cultura, pero el reto puede ser desmoralizador y quizá aleccionador si la encuesta se hace sobre el tema -tan de actualidad-de los parafernales. A las tremendas virtudes de la mujer española no se les puede someter a esa «vileza» televisiva de que respondan lo que ellas entienden por bienes parafernales.

Quizá esto oue digo esté trasnochado y esté referido a ese grupo de mujeres que habiendo doblado la esquina de su edad conflictiva pertenecen a otra época. Quizá. Pero creo que así como la mujer ha avanzado considerablemente en un conocimiento profundo de sus «resortes» sexuales, aún le queda cierto trecho por recorrer para llegar al dominio de eso que la doctrina jurídica entiende por parafernales. . ¡Y es que el nombre se las trae! Claro que como ahora todo tiene una explicación razonada de la falta de «realización», igual también podemos traer aquí a colación los «cuarenta» de dictadura que han hecho ignorar a la mujer española el carácter de esos bienes «junto a, o fuera de, dote».

Pero lo que se puede atribuir a la mujer, en general, no juega en el campo profesional de...

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