Justicia y equidad como valores esenciales en la ética judicial
Autor | José Luis Leal Espinoza/Rogelio López Sánchez |
Páginas | 99-131 |
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Capítulo 3
JUSTICIA Y EQUIDAD COMO VALORES ESENCIALES
EN LA ÉTICA JUDICIAL
Introducción
Bien conocida es la concepción de Aristóteles sobre justicia distribu-
tiva y justicia correctiva.193 Mientras que la primera pertenece a un
esquema formal, la segunda responde a un criterio de equidad, en la
cual se toma en cuenta el contexto y las cualidades de los sujetos.194
En este sentido, el rol de la equidad es prevenir que el derecho se
193 Ética a Nicomaco es un Tratado de Aristóteles que constituye la piedra angular
de su filosofía sobre ética y moral, la cual ha impregnado la mayor parte del pensa-
miento occidental. En el Libro V de esta obra, se dedica a analizar la virtud de la jus-
ticia clasificándola en distributiva y correctiva. La primera toma un criterio aritmético
o económico en torno al justo reparto, mientras que la segunda (justicia correctiva),
trata de salvaguardar lo justo de ese reparto, cuando se ve desequilibrado por las rela-
ciones particulares; ahí nace la equidad, con el fin de corregir la ley, ya que la regla
universal no contempla cada situación particular. Aristóteles, Ética a Nicomaco, (trad.
Gallach Palés, Francisco), Imp. del Rubio Aguas, Valencia, España, 1931, pp.118-149.
194 MUINELO COBO, J. Carlos, La invención del derecho en Aristóteles, Dykinson,
Madrid, 2011, pp.175-176.
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José Luis Leal y Rogelio López
adhiera rígidamente a sus propias reglas, cuando las mismas produz-
can injusticia.195 Nuestra posición se enfoca en la corrección de la
injusticia del derecho mediante los derechos fundamentales como
pautas éticas para el juzgador y el empleo de una teoría axiológi-
co-constitucional. Nos adherimos a una visión procedimental y dis-
cursiva del derecho, pero no vacía, sino orientada hacia un horizon-
te de sentido, en conjugación con el empleo de la hermenéutica
jurídica.
El presente capítulo plantea un estado de la cuestión sobre la
concreción de los valores y principios, en aras de satisfacer la justicia
y equidad por el juez constitucional. Para ello, se propone no sólo la
adhesión a una visión jurídica procedimental o discursiva que acepte
una reconexión conceptual entre el derecho y la moral, sino el em-
pleo de la hermenéutica jurídica para dotar de sentido a las normas
jurídicas. La justicia no puede quedar reducida a esquemas de justi-
cación meramente formales, incluso, la lógica deóntica no es su-
ciente para explicar los difíciles y complejos problemas sociales so-
metidos a debate en la justicia constitucional.196 Por estos motivos,
195 BEEVER, Allan, «Aristotle on equity, law and justice», en Legal Theory, Cam-
bridge University Press, Cambridge, Legal Theory, v. 10, Secc. 01, Mayo, 2004, p.33.
196 Los primeros intentos de una lógica proposicional y geométrica (en exceso racio-
nalista) para resolver problemas jurídicos, podemos encontrarlos en el modelo jurídico
de Leibniz, a principios del siglo . El jurista alemán sostenía que era posible for-
mular un sistema de reglas deducidos de principios naturales o evidentes, los cuales se
podían traducir en una especie de fórmulas parecidas a las ciencias exactas como las
matemáticas. BOBBIO, Norberto, Derecho y lógica, UNAM-IIJ, México, 2006 (2ª
ed.), pp.10 y 11. En la tesis doctoral del citado autor, éste afirma que los enunciados
jurídicos pueden y deben plantearse como una sentencia condicional para verificar su
validez (lo justo con lo posible). HERNÁNDEZ FRANCO, Juan A., Argumentación
Jurídica, Oxford University Press, México, 2010, p.164. HERNÁNDEZ FRANCO,
Juan A. y CASTAÑEDA, Daniel H., Curso de filosofía del derecho, Oxford University
Press, México, 2009, p.193. En este sentido, para Leibniz, «el derecho no puede ser
injusto, más la ley si puede encerrar injusticias. Pues la ley es formulada por un acto de
autoridad [...] justo es lo que en igual medida participa, de la sabiduría y la bondad».
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Justicia y equidad como valores esenciales en la ética judicial
la superación del formalismo jurídico debe ir acompañada de un
entendimiento sobre los alcances de la hermenéutica jurídica y la
argumentación en valores.
La organización de este capítulo tiene cuatro partes. La primera
explica la conexión entre el derecho y la moral, tratando de hacer
una revisión histórica del mismo, con el n de sustraer de la misma
los elementos comunes que son traídos en la actualidad para justi-
car el apego o desapego de las normas a la ética, ya sea una visión
atenuada o reforzada, de ahí que la mayor parte del tiempo dicha
conexión sea invisible, pero que siempre dota y fundamenta axioló-
gicamente las decisiones judiciales. El segundo apartado describe los
procesos éticos en los que forman parte los derechos fundamentales,
en aras del cumplir con los valores de justicia y equidad, revisando
las fundamentaciones iusnaturalistas y positivistas del fenómeno de
positivación de los derechos en las Cartas Constitucionales.
La siguiente parte del trabajo se avoca a dar sentido al proceso de
consagración de los valores y principios contenidos en las Constitu-
ciones. Al respecto, ilustraremos estos desafíos que han sido históri-
cos para los Tribunales Constitucionales como el derecho extrema-
LEIBNIZ, Gottfried W., Tres ensayos: el derecho y la equidad, la justicia y la sabiduría,
(trad. Eduardo G. Máynez), Centro de Estudios Filosóficos, UNAM, 1960, p.11. En
la actualidad, por mencionar algunos, existen también intentos por encontrar mejores
formas de validez del derecho a partir de axiomas o fórmulas, como los modelos de
Ferrajoli y Alexy. El modelo deóntico seguido por Ferrajoli como el cuadrado lógico de
las expectativas, ha sido calificado por algunos autores como excesivamente racionalis-
ta. En igual sentido, la fórmula del peso, traducida a términos matemáticos, con cali-
ficativos de intenso, medio y leve de la afectación a cada principio, asignando un valor
numérico, es otro de los ejemplos del exceso de racionalidad jurídica. MORESO, José
Juan, «Alexy y la aritmética de la ponderación», en CARBONELL, Miguel (Coord.),
El principio de proporcionalidad, Universidad del Externado de Colombia, Bogotá,
2007, pp.81-98. FERRAJOLI, Luigi, Principia Iuris. Teoría del derecho y de la demo-
cracia, (La sintaxis del derecho), vol. 3, Trotta, Madrid, 2011. MAZZARE, Tecla (Ed.),
Derecho y Democracia constitucional (Una discusión sobre Principia Iuris de Luigi Ferra-
joli), Ara Editores, Lima, 2011.
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