El tribunal de justicia confirma la multa a deutsche telekom

El recurso se basaba en los siguientes 3 motivos: (i) errores de Derecho en relación con el tratamiento de la regulación de las actividades de la recurrente por la RegTP en su condición de autoridad reguladora nacional competente; (ii) errores de Derecho en cuanto a la aplicación del art. 82 TCE en relación con la pertinencia del criterio del estrechamiento de márgenes para establecer un abuso, el carácter adecuado del método de cálculo del estrechamiento de márgenes y los efectos del mismo; y (iii) en errores de Derecho en el cálculo de las multas debido a la falta de consideración de la regulación tarifaria.

En cuanto al primer motivo, el TJ consideró que a pesar de las intervenciones reguladoras de la tarifa mayorista, DEUTSCHE TELEKOM disponía de margen real para modificar sus precios minoristas por los servicios de acceso para abonados, lo que es considerado como un hecho suficiente como para imputarle la compresión de márgenes. Del mismo modo, el TJ destacó la responsabilidad de DEUTSCHE TELEKOM con arreglo al artículo 82 TCE como empresa dominante por haber impedido con su comportamiento el desarrollo de una competencia efectiva y no falseada en el mercado común.

Sobre el carácter abusivo del estrechamiento de márgenes, el TJ confirma que dicha práctica se incluye como tal en los supuestos de abuso de posición dominante ya que provoca un efecto negativo para los consumidores en la medida en que supone la expulsión de competidores que son al menos igual de eficientes. En el caso concreto, la compresión de márgenes provocó que DEUTSCHE TELEKOM reforzara su posición dominante con el consiguiente perjuicio para los consumidores, al limitarles sus posibilidades de elección y su perspectiva de disfrutar de una reducción a más largo plazo de los precios minoristas por los servicios de acceso para abonados.

En cuanto al método utilizado para determinar si una compresión de márgenes es abusiva, el TJ consideró que el TG y la Comisión utilizaron acertadamente el criterio del «competidor igual de eficiente», que consiste en examinar si las prácticas tarifarias de una empresa dominante amenazan con expulsar del mercado a un operador económico tan eficiente como dicha empresa basándose únicamente en las tarifas y los costes de ésta, y no en la situación específica de sus competidores. En efecto, un criterio de este tipo permite comprobar si DEUTSCHE TELEKOM habría podido ofrecer sus servicios minoristas a los abonados sin pérdidas si hubiese...

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