Jurisprudencia Hipotecaria

AutorLa Redacción
Páginas126-127

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Hipotecaria
Sentencia de 5 de diciembre de 1949 -Fe pública registral

La fe pública del Registro actúa asegurando la existencia y contenido jurídico de los derechos reales inscritos, pero no garantiza la exactitud de los datos de mero hecho relativos a la descripción de las fincas. (V. a ch S. de 6 de febrero de 1947)

Sentencia de 9 de enero de 1950 -Procedimiento aplicable al artículo 41 de la Ley Hipotecaria

Rechaza el Tribunal Supremo la tesis que pretende hacer valer el recurrente de que, si bien el artículo 41 de la vigente Ley Hipotecaria remite a los artículos 749 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento civil, la tramitación: que ha de darse a los litigios que se establecen al amparo del mencionado precepto hipotecario, no ha de entenderse que tales reclamaciones tengan carácter o naturaleza de incidentes, sino de asuntos ordinarios, general o principal, pretendiendo, con estas afirmaciones que la resolución de los aludidos litigios debe estar revestida de aquellas formalidades procesales que corresponden a los juicios declarativos ordinarios. Esta tesis sólo tiene de cierto que la reclamación que en defensa de un derecho íeal inscrito se formula al amparo del antes citado artículo 41, no es cuestión derivada de otro negocio jurídico en litigio, ni, surgida en el desarrollo do un pleito referente a otra cualquier acción ejercitada judicialmente, sino que se trata de una acción que puede estimarse originaria por emanar directamente de un derecho y con propia individualidad y subsistencia. Para su ejercicio, ha establecido la Ley un procedimiento especial, en el cual, después de señalar las normas pertinentes sobre competencia e iniciación de la litis, al quedar constituida ésta mediante la presentación de la llamada demanda de contradicción, remite la continuación del procedimiento hasta su final a los trámites que la Ley procesal civil tiene ordenados para los incidentes, (partiendo precisamente del artículo 749 de la Ley. Promovido ya él incidente y formada en su caso la pieza separada, sigue ya el curso del proceso hasta su resolución y apelación, en su casoPage 127 regido por las normas peculiares de este procedimiento incidental, por lo cual, y en esto estriba el error de la tesisi; aludida del recurrente, la sentencia en, ambas...

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