Jurisprudencia general: Derecho administrativo

AutorAitana de la Varga
CargoProfesora lectora, acreditada por ANECA a contratada doctora, Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-19
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. VI Núm. 1 (2015): 1 19
-Crònica-
JURISPRUDENCIA GENERAL: DERECHO ADMINISTRATIVO
AITANA DE LA VARGA PASTOR
Profesora lectora, acreditada por ANECA a contratada doctora
Universitat Rovira i Virgili
A. de la Varga RCDA Vol. VI Núm. 1 (2015)
1
En el período que nos concierne, en esta ocasión de octubre de 2014 a abril de 2015, la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto, una vez más,
numerosos recursos en los que el objeto está relacionado directa o indirectamente con el
derecho ambiental y, en definitiva, con el medio ambiente. De todas las sentencias
vamos a destacar, como de costumbre, aquellas que nos han parecido más relevantes y
vamos a detenernos en aquellos aspectos que consideramos más importantes.
En esta ocasión, el Tribunal ha resuelto sobre numerosos recursos de casación y
contencioso-administrativos que alcanzan distintos ámbitos de relevancia ambiental
como son el urbanismo, la evaluación ambiental estratégica, la evaluación de impacto
ambiental, la fractura hidráulica, la responsabilidad medioambiental, la protección de
las aguas, la protección de la biodiversidad, cuestiones relacionadas con los gases de
efecto invernadero y la energía eléctrica, los parques eólicos, los residuos, los suelos
contaminados y las ordenanzas reguladoras de las antenas de telefonía móvil.
En materia de urbanismo cabe destacar la STS de 5 de febrero1, que aboga por el
urbanismo sostenible y, por ende, las ciudades compactas, por lo que estima un recurso
en el que se invocaba desviación de poder y fraude de ley en un municipio en el que se
había clasificado un suelo como urbanizable no delimitado para luego convertirlo en
urbanizable delimitado, un suelo que no encontraba continuidad con un suelo urbano,
como exige la normativa, en pro de las ciudades compactas y en detrimento de las
ciudades dispersas. Asimismo, la STS de 20 de febrero2, también sobre la base de la
necesidad de construir ciudades compactas, resuelve el recurso por el cual se pretendía
crear un nuevo núcleo urbano en un lugar donde tan solo existe un monasterio y que
goza de un entorno natural envidiable. En este caso, la falta de la preceptiva evaluación
ambiental del plan ha sido el motivo por el cual el Alto Tribunal confirma la Sentencia
del TSJ de Castilla y León. En este sentido, se considera que, dado que la pretendida
modificación del Plan General de Burgos podía tener efectos negativos sobre el medio
ambiente, era necesaria dicha evaluación. Además, se observa que la urbanización
discontinua que se pretendía va en contra del urbanismo sostenible. En la STS de 10 de
diciembre de 2014, el Alto Tribunal se apoya en los mismos argumentos, en esta
1 Roj: STS 589/2015 - ECLI:ES:TS:2015:589.
2 Roj: STS 650/2015 - ECLI:ES:TS:2015:650.

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