Jurisprudencia destacada de Junio

Civil

CLÁUSULAS SUELO. DEVOLUCIÓN INTERÉS LEGAL. Se condena a la entidad bancaria a la restitución de todas las cantidades cobradas de más en aplicación de las cláusulas suelo, así como al reintegro de todas aquellas cantidades que se paguen en exceso durante el procedimiento en virtud de la aplicación de la referida cláusula suelo, más el interés legal desde la fecha de cada cobro hasta su completa satisfacción. La entidad deberá recalcular y rehacer los cuadros de amortización de los préstamos hipotecarios. TS Civil 25/05/2017

PROCURADOR. NEGLIGENCIA PROFESIONAL. No es competencia del procurador solicitar una prórroga ante la caducidad de la anotación preventiva de embargo, ni está obligado a solicitar la prórroga para evitar dicha caducidad pues no se ajusta a lo que dispone el artículo 26 de la LEC. TS Civil 29/05/2017

CLÁUSULA SUELO. ACCIÓN COLECTIVA. EFECTOS DE LA SENTENCIA. La sentencia que estimó la acción colectiva debe traer como consecuencia que en aquellos litigios pendientes en los que se ejercita una acción individual respecto de esta cláusula suelo, la regla general sea que el juez aprecie el carácter abusivo de la cláusula por las razones expresadas en aquella sentencia, salvo que consten circunstancias excepcionales. TS Civil 08/06/2017

DERECHO DE RECTIFICACIÓN. EXCLUSIÓN DE JUICIOS DE VALOR. No se han infringido los arts. 2 y 6 de la LO 2/1984 porque no se excluya de la rectificación el párrafo cuestionado integrado por opiniones o juicios de valor del demandante, pues su relevancia en el conjunto del escrito de rectificación era escasa, su relación con los hechos era directa y su prudencia o mesura eran manifiestas en comparación con los términos del escrito difundido por la asociación demandada. TS Civil 14/06/2017

CLÁUSULA SUELO. EFECTOS RETROACTIVOS. La limitación en el tiempo de los efectos jurídicos derivados de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, se opone al art. 6.1 de la Directiva 93/13/CEE y equivale a privar con carácter general, a todo consumidor del derecho a obtener la restitución íntegra de las cantidades que haya abonado indebidamente a la entidad bancaria en virtud de la cláusula suelo durante el período anterior al 9 de mayo de 2013. TS Civil 18/05/2017

Penal

IVA. HURTO. MERCANCÍAS SUSTRAÍDAS. El valor de lo sustraído en establecimientos comerciales es el precio de venta al público. Debe interpretarse como la cantidad que debe abonarse para su adquisición, cifra que habitualmente se exhibe en el etiquetado de la mercancía, comprensiva, sin desglosar, las costas de producción y distribución del bien, los márgenes de beneficio de los sucesivos intervinientes en la cadena de producción y los tributos y aranceles que lo hayan gravado directa o indirectamente, con inclusión del Impuesto del Valor Añadido (IVA), el impuesto General Indirecto Canario (IGIG) y el impuesto sobre la Producción, los Servicios y las Importaciones (IPSI). TS Penal 9/05/2017

DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. ENCUBRIMIENTO Y COMPLICIDAD. La conducta consistente en hacer desaparecer la sustancia para obstaculizar la investigación de la guardia civil e impedir el descubrimiento del hecho delictivo es constitutiva de un delito de...

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