Jurisprudencia ambiental en el País Vasco

AutorÍñigo Lazkano Brotóns
CargoProfesor colaborador. Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibersitatea
Páginas1-7

Page 2

1. Tasa de prestación del servicio de basuras en viviendas desocupadas

La STSJPV 7/2013, de 19 de marzo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección

  1. , ponente: Fernández Fernández), resuelve el recurso interpuesto por una asociación de propietarios contra el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en relación con la Ordenanza Reguladora de Tasas por la Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades, de diciembre de 2011; en concreto, se reclamaba la nulidad de la tasa por la prestación del servicio de recogida y eliminación de basuras. El motivo es que se fijaba una importante cuota anual (260 euros) para las viviendas en las que no se encontrase empadronada ninguna persona, lo que contrastaba con la impuesta para las viviendas ocupadas. En estos casos no se alcanzaba esa cantidad y se hacía depender la tasa únicamente del número de metros cuadrados de la vivienda. Como alegaron los recurrentes (y el TSJPV estimó), en realidad lo que el Ayuntamiento pretendía era utilizar la tasa de basuras para gravar la propiedad de viviendas vacías. Y ello pese a que el Ayuntamiento pudo demostrar que el importe total de las tasas recaudadas por ese servicio concreto no cubría más que el 46,64% de su coste. En comparación con los pisos ocupados, la tasa de basuras impuesta a las viviendas desocupadas era superior en un 59,2% para los pisos de hasta 120 metros cuadrados, en un 345,1% para los de hasta 200 metros cuadrados y en un 269,85% para los de más de 200 metros cuadrados. Como afirmó el TSJPV, "no hay, pues, ninguna relación entre el factor de cuantificación de la tarifa impugnada, esto es, la desocupación de la vivienda y el hecho imponible de la tasa". Se indicó expresamente en la Sentencia que "la manifestación de la capacidad económica del propietario de la vivienda ha de guardar necesariamente relación con la utilización real o potencial del servicio y por lo tanto, no puede establecerse con arreglo a unos criterios, aquí el de superficie, respecto a las viviendas ocupadas y sin atención a ese criterio u otros objetivos respecto a las viviendas desocupadas".

2. Decisiones en materia de actividades clasificadas y similares

En la STSJPV 1418/2012, de 23 de mayo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2.ª, ponente: Alberdi Larizgoitia), se resuelve un asunto habitual en sede

Page 3

judicial: el de los efectos de la tolerancia administrativa en relación con actividades clasificadas. Al amparo del RAMINP, un ayuntamiento -en 1975- otorgó la concesión de licencia de actividad para la instalación de una industria de transformación de mármol y, después de dicho otorgamiento, llevó a cabo en puridad la tramitación del procedimiento de actividades clasificadas, pues fueron posteriores a esa fecha el informe del jefe local de Sanidad y el del aparejador municipal y, sobre todo, la decisión de la Comisión Delegada de Saneamiento de la Provincial de Servicios Técnicos, que calificó dicha actividad como molesta e impuso medidas correctoras. Como consecuencia de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR