Régimen jurídico de la responsabilidad tributaria: Planteamiento

AutorDiego González Ortiz
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Profesor de Derecho Financiero y Tributario. Universitat Jaume I. Castellón

El responsable tributario es un sujeto obligado por el ordenamiento tributario a pagar con recursos propios una deuda tributaria ajena. Frente al responsable tributario, por disposición de la Ley, la Administración tributaria dispone de un verdadero derecho subjetivo a exigir el pago de la deuda tributaria nacida de la realización del hecho imponible por el sujeto pasivo. Ahora bien, además de la pretensión material a exigir el pago de la deuda tributaria ajena, a diferencia de cualquier acreedor privado, la Administración tributaria dispone de la potestad para declarar el Derecho y para ejecutarlo forzosamente. De este modo, la Administración tributaria se encuentra facultada jurídicamente, por supuesto, para exigir al responsable tributario el pago de la deuda tributaria ajena, pero también está autorizada legalmente para declarar que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, una determinada persona se encuentra obligada a pagar la deuda tributaria ajena y, además, para ejecutar forzosamente el patrimonio del responsable con tal de hacer efectivo el crédito tributario, en caso de que no lo haga de manera voluntaria. Por consiguiente, podemos distinguir tres aspectos distintos en el régimen jurídico de la responsabilidad tributaria. Por un lado, el régimen jurídico de la pretensión de cobro del acreedor tributario frente al responsable, es decir, la regulación del contenido del derecho subjetivo de la Hacienda Pública frente a quien realiza el presupuesto de hecho de la responsabilidad tributaria, así como el procedimiento para ejercitar dicha pretensión material. Por otro lado, cabría distinguir el régimen jurídico de la potestad de autotutela declarativa de la Administración frente al responsable tributario, esto

es, de la potestad administrativa para declarar que determinada persona, por disposición de la Ley, se encuentra obligada a pagar la deuda tributaria ajena; cuyo ejercicio está previsto por la Ley como presupuesto jurídico para el ejercicio de la pretensión de cobro frente al responsable tributario, con tal de garantizar a éste el derecho a defenderse jurídicamente frente a la pretensión de la Administración. Y, por último, se encontraría el régimen jurídico de la potestad administrativa de autotutela ejecutiva frente al responsable tributario, que permite a la Administración tributaria hacer efectiva forzosamente su pretensión material sobre el patrimonio de aquél.

Así pues, creemos importante distinguir conceptual y...

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