El juicio verbal

AutorIgnacio Cubillo López
Páginas35-38

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Regulación y ámbito de aplicación

El juicio verbal es el otro procedimiento declarativo ordinario, y se regula en el Título III del Libro II de la LEC (arts. 437-447). Este procedimiento se aplica a los litigios cuya cuantía no exceda de 6000 euros, y a los que versen sobre las siguientes materias:

- Reclamaciones de rentas y cantidades debidas por el arrendatario de una finca rústica o urbana, y desahucios por impago de rentas o por expiración del plazo pactado.

- Recuperación de la posesión de una finca rústica o urbana, cedida en precario.

- Obtención de la posesión de bienes adquiridos por herencia.

- Tutela de la posesión de una cosa de la que se haya visto despojado el actor.

- Suspensión de una obra nueva, o demolición de una obra, edificio o cualquier objeto en estado de ruina.

- Protección de los derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad frente a quien perturbe su ejercicio sin tener título inscrito.

- Alimentos debidos.

- Rectificación de hechos inexactos y perjudiciales.

- Ventas a plazos de bienes muebles, inscritas en el Registro.

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- Arrendamiento financiero, arrendamiento de bienes muebles y venta a plazos con reserva de dominio.

- Acciones de cesación en defensa de los intereses colectivos y difusos de consumidores y usuarios.

- Efectividad de los derechos de relación entre determinados parientes y menores.

Demanda y contestación

El juicio verbal se inicia mediante demanda en forma ordinaria, con los requisitos y el contenido que hemos indicado –en el capítulo anterior– para el juicio ordinario. Sólo cuando el juicio verbal no requiera de Abogado y de Procurador, por tratarse de una reclamación de cantidad no superior a dos mil euros, la demanda será sucinta, es decir, en ella se consignarán los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado, el domicilio o domicilios en que pueden ser citados, aquello que se solicita, y los hechos fundamentales en que se basa la petición; pero sin que sea preciso desarrollar estos fundamentos fácticos ni recoger fundamentos jurídicos. En estos últimos casos, la demanda se podrá cumplimentar en un impreso normalizado, que estará en los Juzgados a disposición de los justiciables.

Sea demanda ordinaria, sucinta o en impreso normalizado, la demanda de juicio verbal ha de acompañarse de los documentos, dictámenes e instrumentos en los que el actor quiera...

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