Jesus Gonzalez Perez: Justicia Administrativa, Legislación y Jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal ...

AutorJosé Luís González-Berenguer Urrutia.

JESUS GONZALEZ PEREZ: Justicia Administrativa, Legislación y Jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, Editorial Civitas, Madrid, 1999, 718 págs.

Se publica ahora una edición de cinco normas clave: La de Procedimiento, la del Gobierno, el Reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial, el Reglamento del Procedimiento sancionador; y la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Además, los artículos atañentes a la materia contenidos en otras dos normas: La Ley de medidas fiscales de 30 de diciembre de 1998 (un artículo) y la Ley Orgánica del Poder Judicial (8 artículos). La panoplia queda completa.

Lo importante no es eso. Lo importante es la abrumadora e inoportuna presencia de la Jurisprudencia del TC y del TS, producida en la aplicación de estas normas. Más de mil sentencias se incluyen en el libro.

Y tan importante como lo anterior es el exhaustivo índice analítico de cuyo valor práctico es prueba la estructura de una voz como la siguiente (podría poner muchos más ejemplos) :

TERMINOS Y PLAZOS:

Ampliación.

Cómputo.

Días hábiles.

Disposiciones generales:

¨ En vacaciones.

Improrrogabilidad.

Para aclaración de sentencia.

Para acusar recibo de las sentencias firmes.

Paracomunicar las sentencias a la Administración.

Para determinar la cuantía.

Para ejecución de sentencia.

Para formular alegaciones por nuevos motivos.

Para iniciar el proceso por separado si se denegó la acumulación.

Para impedir subsanación de defectos procesales.

Para personarse ante la Jurisdicción competente.

Para silencio administrativo.

Suspensión del proceso por allanamiento.

En el procedimiento en los casos de suspensión administrativa de acuerdos.

En el proceso de primera o única instancia:

¨ Para completar el expediente.

¨ Para conclusiones.

¨ Para contestar la demanda.

¨ Para declaración de lesividad.

¨ Para deducir la demanda.

¨ Para dictar sentencia.

¨ Para interponer recurso contencioso-administrativo.

¨ Para personarse los demandados.

¨ Para poner de manifiesto la prueba acordada de oficio.

¨ Para presentar alegaciones contra inadmisión del recurso.

¨ Para proponer alegaciones previas.

¨...

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