Introducción y fuentes
Autor | Eduardo de Hinojosa |
Páginas | 17-23 |
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Introducción y fuentes
Todos los escritores que, conociendo el derecho germánico, se han ocupa-
do del de los Estados cristianos de la Península Ibérica en la Edad Media, han
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jurídicas desconocidas o combatidas por la Lex Visigothorum. Casi todos los
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Lex se contiene1. No obstante algunos
1 PIDAL, Lecciones sobre la historia del gobierno y legislación de España, pronun-
ciadas en el Ateneo de Madrid en los años de 1841-1842, Madrid, 1880, págs. 232 y 299-
300; LABOULAYE, Recherches sur la condition civile et politique des femmes depuis les
Romains jusqu’à nos jours, Paris, 1843, pág. 421; JACOB GRIMM, Zeitschrift für deut-
sches Recht, V (1847), pág. 27; MUÑOZ, Discurso... ante la Real Academia de la Histo-
ria, Madrid, 1860, pág. 7 y siguientes, 36 y sig., 49 y sig.; HERCULANO, Opúsculos, 2.ª
ed., Lisboa, 1886, página 289; GAMA BARROS, Historia da administração publica em
Portugal, Étude sur la condition privée
de la femme, 2.ª ed., Paris, 1885, pág. 312; PÉREZ PUJOL, Historia de las instituciones
sociales de la España goda,
Lex, o han reconocido particularmente la esencia germánica de al-
gunas instituciones jurídicas como la venganza de la sangre, las asambleas judiciales, los
cojuradores y los juicios de Dios. JACOBO GRIMM, que ha comparado el texto del Fuero
Viejo de Castilla con la costumbre de colocar la mujer raptada entre sus padres y el raptor,
una huella del derecho gótico, más germánica que aquellas disposiciones de la Lex Visi-
gothorum». FICKER ha sido, sin embargo, el primero que se ha dado cuenta más exacta
de la importancia y extensión del elemento germánico en las fuentes jurídicas de la Espa-
su trabajo Über nähere Verwandtschaft zwischen gotisch-spanischen und norwegisch-
isländischen Recht (publicado en las «Mitteilungen des Instituts für österreichische Ge-
schichtsforschung»,
y sus efectos jurídicos, situación de los hijos ilegítimos (habidos fuera de matrimonio),
prueba de la paternidad, y situación de la mujer en general; y en su magna obra: Untersu-
chungen zur Erbenfolge der ostgermanischen Rechte, Innsbruck, 1891-1904 , en lo que
concierne a los grados de parentesco, y, con ocasión de esto, a la venganza de la sangre,
derecho de bienes de la sociedad conyugal y sucesión en el equipo de guerra. La opinión
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