Introducción y delimitación del tema

AutorCharles Zeno Santiago
Páginas23-27

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Las personas naturales, así como las empresas y entidades jurídicas, responden ante terceros tanto por los actos propios según el artículo 1.902 del código civil español, así como por los hechos ajenos conforme lo dispone dicho código en su art. 1.903.1

A esta última se le atribuye una responsabilidad presunta por hechos de otra persona causante del daño.

El tema principal que se aborda en este texto se concentra en el análisis de la responsabilidad civil extracontractual de los empresarios frente a terceras personas por los actos de sus empleados, así como la responsabilidad por los accidentes del trabajo. La primera la denomino la Responsabilidad Civil Externa de los empresarios ya que se refiere a la obligación de éstos ante terceras personas por los actos de sus empleados o auxiliares. Mientras que la segunda la clasifico como la Responsabilidad Civil Interna de los empleadores por las lesiones en el trabajo de sus empleados.

La finalidad del libro es proponer un modelo alternativo de Responsabilidad Civil Extracontractual al expuesto en el artículo 1.903 (4) Cód. Civil Español y el art. 1803 Cód. Civil de Puerto Rico, especialmente en cuanto a la Responsabilidad Civil Extracontractual del empresario por los actos de sus auxiliares. También proponemos recomendaciones para realizar cambios en las leyes de indemnizaciones a obreros en España y Puerto Rico con el objetivo de atemperarlas a las realidades jurídicas, económicas y sociales postmodernistas.

De otra parte exponemos un estudio comparado de las normativas y sentencias de la Responsabilidad Civil Extracontractual de los empresarios por los actos de los empleados en España, Puerto Rico y Estados Unidos. Anticipamos que entre Puerto Rico y España existe un enfoque uniforme en esencia, aunque con ciertas particularidades sustantivas y de forma, estableciendo una responsabilidad objetiva y presunta fundada en culpa in eligendo o in vigilando, siendo esta responsabilidad más rigurosa que la contemplada en el art. 1.902 Cód. Civil español. Mientras en los Estados Unidos y la mayoría de los países europeos existe una responsabilidad objetiva y vicaria sin el beneficio de la culpa presunta civilista.

En lo relacionado a la responsabilidad de los empresarios por el hecho ajeno -recogido en el artº 1.903 del Cc. Español-, comenzamos exponiendo que los antecedentes históricos del Derecho Civil Español, así como el puertorriqueño adoptan del derecho romano el modelo general culpabilístico de

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Responsabilidad Civil Extracontractual. Destacamos que aunque ambos códigos adoptan el modelo de la responsabilidad subjetiva en los artículos 1.902 del Cód. Civil español y 1802 del Cód. Civil puertorriqueño, también incorporan el modelo de la culpa presunta de los empresarios por los daños incurridos a terceros por sus empleados en los artículos 1.903 (4) del Cód. Civil de España y 1803 del Cód. Civil de Puerto Rico, respectivamente. La explicación de estas similitudes entre ambos códigos se debe a que los antecedentes históricos del derecho puertorriqueño son los mismos del español por haber sido Puerto Rico una Provincia de Ultramar perteneciente a España hasta culminada la Guerra Hispanoamericana de 1898.2

También se aborda la trascendencia jurídica que tiene para los empresarios los actos negligentes que se derivan de los daños a terceros provocados por los trabajadores o auxiliares bajo su control y autoridad. Así como las consecuencias jurídicas y las implicaciones económicas que asume el empresario por los actos ilícitos de sus empleados. La tendencia actual es imponer responsabilidad civil a los empresarios por los actos de cualquier persona bajo su autoridad y en el curso de sus intereses. La dimensión de la responsabilidad ya no está limitada a los empleados sino a los denominados «auxiliares», aun cuando no sean trabajadores, siempre que haya un grado de subordinación de estos con los empresarios. Por tal razón, el empresario será responsable siempre que se configuren los presupuestos establecidos en los artículos 1.903 del Cód. Civil de España y 1803 del Cód. Civil de Puerto Rico, que discutiré exhaustivamente en este trabajo.

El modelo de responsabilidad presunta es la excepción al modelo culpa-bilístico tradicional...

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