Introducción

AutorJuan Francisco Rodríguez Ayuso
Cargo del AutorProfesor Ayudante Doctor. Coordinador Académico del Máster Universitario en Protección de Datos. Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)
Páginas13-16
Introducción
La situación excepcional derivada de la crisis de emergencia sanitaria en que con-
siste la pandemia del COVID-19 ha supuesto una transformación profunda de la si-
tuación de todo orden existente hasta la fecha. Esto ha inferido una multiplicidad
de efectos de carácter económico, social o, como no, jurídico, siendo muchas, y muy
necesarias, las transformaciones que se han tenido que implementar para poder ga-
rantizar cierto acomodo a tales y profundos cambios.
En lo que aquí respecta, la protección de datos personales no se ha visto exenta de
este ajuste. La declaración del estado de alarma por parte del Gobierno español sobre
la base última del artículo 116.1 CE, tantas veces prorrogado hasta la fecha desde el
momento en el que fue declarado el pasado 14 de marzo, ha supuesto una limitación
(que no suspensión) de este derecho fundamental cuyas connotaciones y preceptivas
interpretaciones deben ser pormenorizadamente analizadas. A partir de ese momento,
resulta necesario, por tanto, acomodar la protección de este derecho fundamental para
posibilitar un tratamiento legítimo de los datos personales en una situación, como esta,
caracterizada por una emergencia sanitaria de alcance global e internacional.
Lo anterior se traduce en el estudio de los principales efectos que, dentro de la
normativa actual, comunitaria y nacional, en materia de protección de datos persona-
les, esto puede llegar a tener, objetivo al que responde el presente estudio. Por este
motivo, la obra está estructurada en torno a tres capítulos ciertamente relevantes:
El primero de ellos, intitulado “Declaración constitucional del estado de alarma
y efectos generales sobre la privacidad”, busca, amén de describir en qué consiste el
estado de alarma como medida excepcional y cómo se ha traducido en nuestro orde-
namiento jurídico interno merced a la expansión del COVID-19, establecer, en pri-
mer lugar, una serie de nociones básicas en torno a esta regulación en materia de
privacidad. En concreto, cuál es el objeto del RGPD y de la LOPDGDD y el ámbito de
aplicación, tanto material como territorial, que presentan, acompañado todo ello de
aquellas definiciones (como son las de dato personal, tratamiento, responsable del
tratamiento, encargado del tratamiento, destinatario, datos de salud, datos genéticos
y datos biométricos) que, adaptadas al ámbito sanitario, nos permitirán comprender
mejor el conjunto del trabajo.
Junto a ello, y dentro de los datos de salud como categoría especial o especial-
mente protegida, se analiza el encaje que esta información sensible tiene dentro del
articulado, por sí sola y cuando se vea acompañada de determinadas connotaciones o
elementos que determinan que el riesgo que conlleva su tratamiento sea más elevado.
Más específicamente, nos referimos a los tratamientos de datos personales relativos a
la salud a gran escala, de elevado riesgo en cuanto al número de interesados afecta-
dos, y al empleo de este tipo de información personal para investigaciones científicas,
cuya sensibilidad vendría determinada por la naturaleza de la finalidad perseguida.

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