Introducción

AutorJuan B. Cañizares-Navarro
Páginas19-27
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Introducción
En el Derecho francés, la categoría de las penas infamantes fue establecida por la
doctrina jurídica del Antiguo Régimen1. Una de las fuentes del Derecho penal francés
del Antiguo Régimen fue el Derecho romano, y se puede af‌irmar que dicha categoría
ya existía en el Derecho romano2. La doctrina jurídica indicada –fundamentalmente
la del siglo XVIII– def‌inió la categoría de las penas infamantes como aquel conjunto de
castigos que tenían en común que su imposición iba dirigida exclusiva o al menos
principalmente a mermar el honor de los condenados3. De entrada, por «honor» se
puede entender la buena percepción que los demás tienen de una persona en fun-
ción de sus acciones, inacciones y palabras según los valores existentes4. En la etapa
1 Sobre todo lo relativo a las penas infamantes durante el Antiguo Régimen francés –especial-
mente a f‌inales del Antiguo Régimen– véase CAÑIZARES-NAVARRO, J. B., «Las penas infamantes en
las postrimerías del Antiguo Régimen francés: tratamiento normativo y doctrinal», Foro, Nueva Época,
17.1 (2014), pp. 101-137.
2 CAÑIZARES-NAVARRO, J. B., «Las penas infamantes en las postrimerías del Antiguo Régi-
men francés: tratamiento normativo y doctrinal» ob. cit., pp. 106 y 108. Esta categoría de castigos
estuvo presente al menos en el Digesto; CAÑIZARES-NAVARRO, J. B., «Las penas infamantes en las
fuentes jurídicas castellanas de f‌inales del Antiguo Régimen: naturaleza y noción», GLOSSAE. Euro-
pean Journal of Legal History, 12 (2015), p. 215.
3 CAÑIZARES-NAVARRO, J. B., «Las penas infamantes en las postrimerías del Antiguo Régi-
men francés: tratamiento normativo y doctrinal» ob. cit., p. 107.
4 Del estudio de las fuentes normativas francesas se aprecia claramente desde tiempos remotos
la presencia del término «honor» y de otras palabras sinónimas como objeto de regulación, y se pue-
de apreciar claramente que el contenido del honor ha ido variando con el transcurso del tiempo;
véanse sobre todo BEIGNIER, B., L’honneur et le droit, LGDJ, 1995, y HALKIN, L. E., «Pour une histoi-

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