Introducción

AutorAna Cristina Gallego Hernández
Páginas23-26
Introducción
“El Derecho a la Salud es un derecho humano primordial, indivisi-
ble, interdependiente y autónomo” 1, a través del cual se vela porque el
ser humano goce de un buen estado físico y psíquico que le permita desa-
rrollar su vida con normalidad. La garantía del derecho a la salud exige
que se lleve a cabo una exhaustiva protección con la que intentar superar
la mera ausencia de enfermedad. Por tanto, el objetivo de la comunidad
internacional es que, cada individuo y cada sociedad alcance el nivel su-
premo de estabilidad y bienestar.
Para la materialización de este propósito primordial, los diferentes
tratados internacionales y muchas constituciones nacionales 2, como la
Constitución Española 3, han consagrado el derecho humano o funda-
mental a la salud y el derecho a acceder a los beneficios de los avances
científicos.
Para la efectiva garantía, como confirmó la Comisión de Derechos
Humanos 4, resulta trascendental que la salud sea incorporada en las dis-
1 GALLEGO HERNÁNDEZ, A. C., “El Derecho a la salud y la comunidad interna-
cional institucionalizada” en Ordine Internazionale e Diritti Umani, nº 2, 2018, p. 174.
2 El derecho a la salud y a su debida atención, se garantizan a través de más de cien
disposiciones constitucionales. “El derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel
posible de salud física y mental”, Informe del SR. PAUL HUNT, Relator Especial sobre el
derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental de
la Comisión de Derechos, Asamblea General, documento A/59/422, 8 de octubre de 2004,
párrafo 15.
3 El Derecho a la salud en España no solo viene marcado por las referencias en
nuestra Norma Suprema (artículo 43 de la Constitución Española) y todo el correspon-
diente desarrollo legislativo, sino que la protección de la salud se tiene que llevar a cabo
de conformidad con las obligaciones que derivan de los tratados e instrumentos interna-
cionales respecto a los que se encuentra obligado.
4 “El derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y
mental”, Comisión de Derechos Humanos: Resolución 2004/27. La Comisión de Derechos
Humanos fue un órgano creado por Consejo Económico y Social a través de la Resolución
9 (II) del 21 de mayo de 1946 y fue sustituida por el Consejo de Derechos Humanos, que

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