Introducción

AutorDavinia Cadenas Osuna
Cargo del AutorDoctora en Derecho por la Universidad Pablo de Olavide
Páginas15-16
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INTRODUCCIÓN
En la actualidad, podemos aseverar la superación del paternalismo
imperante tradicionalmente en la relación asistencial, permanecien-
do vigentes en nuestra legislación sólo ciertas manifestaciones del
mismo, de entre las que destaca la conguración, en el artículo 5.4
LAP, del estado de necesidad terapéutica como una facultad del pro-
fesional sanitario que implica una limitación o excepción al derecho
a la autonomía del paciente, en lugar de como una aplicación con-
creta de la obligación de adaptar la información a las necesidades del
paciente que impone el artículo 4.2 LAP, concepción esta última que
deende quien escribe. De esta suerte, hogaño, es la autonomía del
paciente la que rige la relación asistencial, habiendo erigido la LAP,
en su artículo 2.1, el respeto a la autonomía como uno de sus prin-
cipios básicos y, en su artículo 11, las instrucciones previas como
uno de los instrumentos mediante los cuáles puede una persona ha-
cer valer su autonomía en el ámbito asistencial. No obstante, pese a
las indudables ventajas que presentan las instrucciones previas como
herramienta para la planicación anticipada de la asistencia sanita-
ria, continúa siendo ínmo el número de personas que hacen uso de
este recurso1, no sólo por tratarse la muerte de un tema tabú en las
1 Para un análisis de las tasas de inscripción de instrucciones previas en los distintos
registros autonómicos (datos actualizados a julio de 2016), vid.  D  V,

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