Introducción

AutorJosé Antonio Alonso Fernández
Páginas17-21
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y FINES DE LA PRISIÓN PROVISIONAL 17
INTRODUCCIÓN
Una vez alcanzada la democracia en España y después de la Constitución de
1978, nuestra legislación procesal se ha demorado veinticinco años en adecuarse,
con mayor o menor fortuna, a los nes que constitucionalmente justican la adop-
ción de la medida cautelar de prisión provisional.
Ello se ha conseguido, si bien no de una forma totalmente completa sí en
gran parte, por medio de la Ley Orgánica 13/2003, de 24 de octubre, de reforma
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de prisión provisional, nacida es-
pecialmente gracias a la ininterrumpida labor del Tribunal Constitucional a través
de sus sentencias, que a lo largo de más de dos décadas han conseguido formar un
valioso cuerpo de doctrina jurisprudencial, que ha ido concienciando lentamente a
los diferentes operadores jurídicos acerca del carácter excepcional con el que se ha
de recurrir a la prisión preventiva, y de que sólo puede ser empleada para excluir
durante el desarrollo de un procedimiento penal ciertos riesgos, muy tasados, que
de producirse podrían truncar su correcto nal.
El estudio que se presenta trata de la institución de la prisión provisional, y
pretende la consecución de tres objetivos:
1. El primero es el llevar a cabo un análisis histórico del tratamiento que se le
ha otorgado a la medida cautelar a lo largo de los tiempos, siempre centrado
en España; qué costumbres primero y normas legales después son las que
la han ido congurando, así como qué nes han justicado su uso en cada
época en particular, desde los tiempos más antiguos a los que hemos con-
seguido remontarnos, aunque sea con datos mínimos en éstos (la protohis-
toria), hasta la Edad Contemporánea, para nalmente identicar y extraer
conclusiones sobre las metas que se pretendían obtener privando de libertad
cautelarmente a un sujeto, bajo cada sistema político y social concreto de
todos los que conformaron el amplio periodo estudiado.

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