Introducción

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Introducción
La expresión «políticas y acciones de la Unión Europea» hace refe-
rencia a los diferentes ámbitos en los que la Unión tiene prerrogativas1 para
adoptar actos normativos. En dichos ámbitos la Unión Europea (en adelante,
también, UE) actúa en virtud de los poderes que le han sido cedidos por los
Estados miembros; poderes que permiten que las instituciones de la UE es-
tablezcan un régimen jurídico (uniforme o armonizado) común a todos los
Estados miembros conforme a los Tratados de la Unión Europea (Tratado
de la Unión Europea, en adelante, TUE, y Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea, en adelante, TFUE). La expresión «políticas y acciones»
de la Unión se encuentra en los artículos 3, 9, 12 y 13 TFUE. Nótese que
los Tratados de la UE no precisan el signicado y la diferencia existente en-
tre acciones y políticas y no concretan que ámbitos de actuación de la UE se
inscriben en las acciones o en las políticas de la UE. En la práctica, se utiliza
el término política (y no el de acción) para hacer referencia a la gran mayoría
de los ámbitos en los que la UE actúa. Desde un punto de vista semántico, el
término acción apunta a la existencia de una intervención normativa puntual
o, en todo caso, menos estructurada que la política, que abarcaría toda la legis-
lación necesaria para dar respuesta a los diversos aspectos incluidos en un de-
terminado ámbito material. No obstante, la diferencia semántica entre los dos
términos no serviría para diferenciar las acciones de las políticas conforme a
1 El TF UE, (art. 3) utiliza la expresión «ámbitos de actuación» de la Unión para
hacer referencia a sus «políticas y acciones».
Marta ORTEGA GÓMEZ

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