Introducción

AutorJosep M. Fontanellas Morell
Páginas21-25
INTRODUCCIÓN
1. A primera vista, puede causar una cierta extrañeza que un tra-
bajo de investigación realizado en nuestro país tenga por objeto una
institución tan ajena a su tradición jurídica como es la professio iuris
sucesoria; ahora bien, si tomamos en consideración los motivos que de-
ben justi!car un estudio como el presente —la actualidad, la relevancia
y el interés de la materia escogida—, encontraremos pocos temas que
aúnen de manera tan palmaria las cualidades enunciadas. En primer tér-
mino, la conveniencia —o inconveniencia— de permitir una elección
más o menos limitada de la ley sucesoria por parte del causante es una
cuestión que, con altibajos, se ha venido discutiendo durante las últimas
cinco décadas, pero desde la gestación del CLH89 y la introducción de
dicha posibilidad en varias legislaciones nacionales el debate ha adqui-
rido un protagonismo creciente que, en un futuro próximo, no cesará de
aumentar al estar en marcha el proceso de elaboración de una regula-
ción europea sobre las sucesiones internacionales, la cual, con toda se-
guridad, dará entrada a la autonomía con"ictual del de cuius 1. En se-
1 El 1 de marzo de 2005, la Comisión de las Comunidades Europeas presentó el Libro verde
relativo a las sucesiones y testamentos en las que concurre algún elemento de extranjería (texto
en castellano en http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/site/es/com/2005/com2005_0065es01.pdf),
con el que formalmente se inauguraba la fase de consultas previa a la confección de una regla-
mentación comunitaria concerniente a la totalidad de la materia (ley aplicable, competencia ju-
dicial, reconocimiento de decisiones, medidas administrativas) en la que la elegibilidad de la lex
successionis había de ser uno de los puntos a poner sobre la mesa (cuestiones 5 a 9, p. 6). El 26
de octubre de 2005, dicho Libro verde recibió un dictamen del Comité Económico y Social Eu-
ropeo en el que se subrayaba la oportunidad de que, a la hora de disciplinar su sucesión heredi-
taria, el causante pudiera seleccionar la legislación nacional o la del lugar de residencia habitual
[COM (2005) 65 !nal, DOUE, C 28, 3 de febrero de 2006, p. 5]. La misma posibilidad de opción
fue defendida en la recomendación 3 anexa a la resolución adoptada, a propósito del Libro verde,
por el Parlamento Europeo el 16 de noviembre de 2006 (http://www.europarl.europa.eu/sides/ge-
tDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+REPORT+A6-2006-0359+0+DOC+XML+V0//ES). En el bos-
quejo de articulado que trascendió a mediados del pasado año, el Document de réflexion sur les
successions à cause de mort —fechado el 30 de junio de 2008 y distribuido públicamente en el
Seminario Current Developments in European Family Law and Law of Succession with a Fo-
cus on Maintenance, celebrado en Trier el 25 y el 26 de septiembre de 2008—, se contemplaba
(art. 3.2, pp. 9-10) una profesión de ley muy parecida a la recogida en el art. 5 del CLH89 (vid.

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