Introducción

AutorFátima Domínguez Castellano - Concepción Nieto-Morales - Amalia Calderón Lozano - María del Rosario Torres Reviriego
Cargo del AutorFiscal Delegada y Decana de Violencia Sobre la Mujer de la Fiscalia Provincial de Sevilla - Pfra. Universidad Pablo de Olavide. Técnica Servicios Apoyo Administración Justicia. Fiscalía Menor. Sevilla. Dra. Sociología. - Abogada. Coordinadora del turno de oficio de Violencia de Genero del Ilustre colegio de Abogados de Sevilla - Abogada. ...
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La incidencia que el fenómeno de la violencia intrafamiliar y en especial contra las mu-jeres esta teniendo en todas las sociedades, ha motivado en los últimos tiempos un rechazo colectivo de toda la comunidad internacional que ha venido acompañado de una prolífica actividad legislativa, tanto a nivel internacional, comunitario, estatal y autonómico, en busca de un tratamiento suficiente y eficaz contra este tipo de criminalidad y de la efectividad real del principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Ya instituciones internacionales, como la Organización mundial de la Salud (OMS), había decretado en 1998, la eliminación de la violencia como uno de los objetivos primordiales para los servicios de salud, constando en su informe de Mundial sobre Violencia y Salud, en el año 2002, que la violencia sexista constituye una de las principales causas de muerte en todo el mundo.

En España, siguiendo las recomendaciones internacionales que propugnan la aplicación de políticas adecuadas que prevengan y persigan la violencia sobre las mujeres, la erradicación de la misma se ha erigido en un objetivo de política criminal de primer orden, inicián-dose lo que se ha dado en llamar una " auténtica ofensiva legal " en los últimos años impulsadas por los sucesivos Planes gubernamentales: los Planes contra la violencia doméstica aprobados por el Gobierno español de 30 de abril de 1998 y 11 de mayo de 2001; y el Plan de medidas urgentes de 7 de mayo de 2004 para la prevención de la violencia de género.

No ha habido otro ámbito como el de la violencia intrafamiliar donde se hayan sucedido tantas reformas legislativas hasta llegar a la LO 1/2004, y es expresión de la sentida responsabilidad del legislador y de los demás agentes jurídicos y sociales implicados en la lucha de tan alarmante fenómeno colectivo.

El proceso de iniciativas y reformas legales experimentadas en nuestro ordenamiento jurídico han ido orientadas a:

· El constante reforzamiento de los mecanismos de protección penal.

· La preocupación del legislador por diseñar una respuesta integral del sistema, con medidas sociales, sanitarias y legales más acorde con la naturaleza multidisciplinar del fenómeno.

· Y el tratamiento específico de la violencia ejercida contra la mujer desde la perspectiva de la violencia de género.

Todas estas características están...

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