Introducción

AutorTimothy A. O. Endicott - Traductores: J. Alberto del Real Alcalá - Juan Vega Gómez
Páginas21-27

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El Derecho es comúnmente vago, de modo que las exigencias del Derecho en los casos particulares son con frecuencia indeterminadas. Denominaré a esta conocida, aunque discutida, posición la "tesis de la indeterminación". Mi objetivo es explicarla, defenderla y analizar las implicaciones que tiene a la hora de entender el Derecho y la adjudicación. Aunque el libro se centra en la vaguedad del lenguaje, quiero subrayar que no se trata meramente de un libro sobre el lenguaje jurídico. Sostengo que la vaguedad, y las consiguientes indeterminaciones, son características esenciales del Derecho. Aunque no todas las leyes son vagas, los sistemas jurídicos necesariamente incluyen leyes vagas. Cuando el Derecho es vago, el resultado que se obtiene es que los derechos, los deberes y las facultades jurídicas de las personas son indeterminados en algunos (no en todos los) casos.

La tesis de la indeterminación parece hacer inalcanzable el ideal del imperio de la ley: pues en tanto que resultan indeterminados los derechos y deberes, dejamos de estar gobernados por el Derecho. En este sentido, la tesis de la indeterminación es una amenaza a lo que denominaré el "enfoque estándar de la adjudicación": que afirma que la tarea del juez únicamente consiste en hacer efectivos los derechos y deberes de las partes. Estas consecuencias drásticas de la indeterminación a las que aludimos han hecho de la tesis de la indeterminación un importante foco de controversias dentro de la teoría jurídica de este siglo. Los teóricos del Derecho que adoptan este enfoque estándar de la adjudicación han rechazado la tesis de la indeterminación. Las controversias producto de la tesis de la indeterminación se han centrado en uno de los dos rasgos característicos de la vaguedad: el hecho de que en algunos casos (los "casos marginales") surjan dudas y desacuerdos a causa de la aplicación de expresiones vagas.

Lo que intento hacer en este libro es abordar estas controversias desde una nueva perspectiva, concentrándome en el que es el segundo rasgo característico de la vaguedad: el "principio de tolerancia". Las pala-Page 22bras vagas parecen tolerar diferencias que son triviales: por ejemplo, parece que un montón de arena seguirá siendo un montón aun en el caso de que se le detraiga 1 grano de arena (o, como puede verse en otros ejemplos, parece que nadie se hará calvo porque pierda 1 cabello, o que ningún mar se convertirá en un océano porque le caiga 1 gota de lluvia, etcétera). La "paradoja de sorites" o paradoja del montón resulta ser un argumento que aplica repetidamente un principio de este tipo, aparentemente sólido, hasta que llega a la conclusión falsa de que, por ejemplo, existe un montón de arena aun cuando todos los granos de arena han sido retirados. Voy a argumentar que si entendemos adecuadamente el principio de tolerancia, y el tipo de razonamiento de sorites que genera dicho principio, eso plantea una objeción a algunas conocidas teorías del Derecho y de la adjudicación, y propone desafíos que deberá afrontar cualquier teoría del Derecho o de la adjudicación.

Si la indeterminación resulta ser una característica significativa del Derecho, esta objeción y estos desafíos resultan ser trascendentes. Si bien no tendría sentido tratar de cuantificar en un sistema jurídico las indeterminaciones que provienen de la vaguedad, lo que sí sostengo es que deberíamos aceptar la tesis general de que las indeterminaciones en el Derecho resultan ser importantes (véanse los epígrafes 3.12, 5.4, 5.5, y 7.3).

Al tratar de defender varias posiciones que son controvertidas en la teoría del Derecho, he considerado necesario elaborar y defender algunas tesis asimismo controvertidas en la filosofía del lenguaje y en la lógica filosófica. He evitado los tecnicismos, pero no he omitido ninguno que fuese necesario para la argumentación que ofrezco. Algunos lectores pueden preferir obviar los epígrafes más técnicos (caso de los epígrafes 4.3, 5.2, 5.3, 7.1, y 7.2) y leer en cambio las introducciones y conclusiones de esos capítulos, y las de este mismo.

1. Qué comprende el Libro

El Capítulo 2 establece cuál es la base del libro rechazando la idea incoherente de que la aplicación del lenguaje es radicalmente indeterminada. Espero que el Capítulo 2 deje bien claro que la tesis de indeterminación que defiendo y discuto no es una tesis escéptica: pues, a diferencia de las tesis radicales sobre la indeterminación, mi posición no pone en duda el sentido de la práctica del Derecho, o la importancia de los enunciados en el Derecho. El Capítulo 2 resalta que la aplicación del lenguaje vago es indeterminada sólo en algunos casos pero no en todos los casos...

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