Introducción

AutorJosé Antonio Rodríguez García
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad Rey Juan Carlos
Páginas17-22

El Derecho Urbanístico ha experimentado, en los últimos años, una gran convulsión que encuentra su origen en la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, de 20 de marzo. Esta Sentencia ha pretendido clarificar el régimen de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Ante esta nueva perspectiva de la normativa urbanística parece oportuno, quizás ahora más que nunca, el análisis de la incidencia y del reflejo de los principios de laicidad y de cooperación estatal con las confesiones religiosas (y, en lógica conexión con los mismos los principios de libertad e igualdad religiosas) en ese complejo sistema de las normas urbanísticas.

El Urbanismo, según el Tribunal Constitucional, alude1:

a la disciplina jurídica del hecho social o colectivo de los asentamientos de población en el espacio, lo que, en el plano jurídico, se traduce en la "ordenación urbanística"

.

El Urbanismo determina el cómo, el cuándo y el dónde deben surgir o desarrollarse los asentamientos humanos en respuesta a las propias necesidades sociales y a cuyo servicio se van a disponer las técnicas e instrumentos urbanísticos precisos para lograr tales objetivos2. Con otras palabras, es la ordenación del espacio en que se van a desenvolver las diversas actividades humanas, entre las que se encuentran las actividades religiosas.

La ordenación urbanística ofrecerá, por tanto, en último extremo, un conjunto de posibilidades para el desarrollo de nuestra personalidad (que sólo se puede desenvolver o progresar en sociedad, un sercon-los-otros3); en consecuencia, se puede afirmar que el urbanismo no determina a los seres humanos, pero si que los puede condicionar4. O, en palabras del Tribunal Supremo: «el planeamiento es una decisión capital que condiciona el futuro desarrollo de la vida de los ciudadanos»5. En este contexto, surge la necesidad del estudio de la adecuación de las normas urbanísticas a los principios y libertades consagrados en nuestra Constitución (entre ellos, la libertad de conciencia y religiosa) y a la configuración de nuestro Estado como un Estado pluralista y laico6.

Para afrontar la incidencia de estos principios en el urbanismo realizare, por una parte y en primer lugar, una aproximación histórica al Derecho urbanístico con el fin de sondear si la materia religiosa ha incidido en la ordenación urbana y, por otra, intentare configurar el marco jurídico y competencial...

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