La intervención de la Unión Europea para regular la relación entre empresas transnacionales y derechos humanos: el conflictivo diálogo entre la comisión y el parlamento europeo

AutorAdoración, Guamán Hernández/Gabriel, Moreno González
Páginas87-138
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Capítulo 4
LA INTERVENCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA PARA REGULAR
LA RELACIÓN ENTRE EMPRESAS TRANSNACIONALES Y
DERECHOS HUMANOS: EL CONFLICTIVO DIÁLOGO ENTRE LA
COMISIÓN Y EL PARLAMENTO EUROPEO
Es importante traer ya a colación los paralelismos entre la realidad in-
dicada respecto a América Latina y lo que está sucediendo en la Unión
Europea. Como apuntaremos más adelante, sobre el viejo continente
se ha levantado un andamiaje jurídico de extrema complejidad que tie-
ne por objeto la garantía de los intereses neoliberales del capital sobre
los de las mayorías sociales. La competencia como criterio rector del
proceso de integración y la supremacía de las libertades económicas
fundamentales (sobre todo, la libertad de capitales) frente a los dere-
chos sociales, han laminado las posibilidades de intervención activa
del Estado en la economía. La mayor potencialidad de apertura polí-
tico-democrática que permitía la adjetivación de los Estados europeos
como “sociales”, ha sido en buena medida neutralizada por una Unión
cuyas consecuciones han girado en torno al paradigma del mercado y
de los intereses privados, y no al de los pueblos, los ciudadanos y los
trabajadores. Al mismo tiempo, la crisis económica ha abierto el hori-
zonte de justif‌icaciones para que se reforme la estructura supranacio-
nal europea en un giro aún más neoliberal. La constitucionalización
de los nuevos mecanismos de gobernanza económica en la UE, que
responden en su conjunto a los principios de estabilidad presupuesta-
ria y contención del gasto público, ha venido a juridif‌icar una camisa
de fuerza que impide a las mayorías sociales alternantes en el poder la
realización de políticas transformadoras en el plano económico.
Por si fuere poco, sobre este eje predominantemente económico y pro-
mercado alrededor del cual gira la UE, se ha intentado una huida de la
misma a través de su propio desborde mediante la creación de nuevas
estructuras de sospechosa legitimidad. Si los intereses de los grandes
capitales europeos se veían ya guarnecidos tras la extensión del crite-
rio de competencia, las libertades económicas fundamentales y la pre-
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ADORACIÓN GUAMÁN Y GABRIEL MORENO
determinación de las políticas económicas de los Estados, ahora han
intentado ampliar el ámbito de su disfrute en el plano transnacional.
Eliminar el Atlántico como obstáculo al libre comercio no es el princi-
pal objetivo de Tratados de nueva generación como el TTIP o el CETA.
El objetivo fundamental de estos acuerdos es la armonización norma-
tiva, la estandarización a la baja, la protección de las inversiones frente
a la soberanía democrática de los Estados y el establecimiento de un
nuevo marco jurídico que dé cobertura a la movilidad de capital y a las
nuevas estrategias, predatorias, de acumulación. Precisamente el mar-
co jurídico, similar aunque de menor complejidad, que se estableció en
América Latina mediante los tratados bilaterales de inversión f‌irmados
en la década perdida y que intenta hoy perpetuarse a través de integra-
ciones parciales como la que constituye la Alianza del Pacíf‌ico. De ahí
que el ejemplo de la Unión Europea, más desarrollado tanto cronoló-
gica como cualitativamente, pueda servir para ilustrar los riesgos que
tales procesos, de perfeccionarse en América, presentan.
La imagen de la Unión Europea ante la sociedad civil y los movimien-
tos sociales pasa por uno de sus peores momentos. No cabe duda de
que la integración supranacional en Europa no ha sido un camino rec-
tilíneo, al contrario, sesenta y cinco años de historia tras la creación de
la primera de las tres comunidades europeas nos muestran una evolu-
ción a golpe de crisis y saltos hacia delante. Movimientos de reacción
que en lugar de solucionar los déf‌icits democrático y social que la UE
traía de partida los han ido agravando. Pero el binomio 2016-2017 ha
sido, especialmente, un tiempo convulso. El Brexit, la crisis humanita-
ria de las y los refugiados, la gravedad de la situación social que afecta
a un número creciente de países que conforman la UE y la polémica
relativa a los tratados de libre comercio e inversión (TTIP y CETA fun-
damentalmente) enmarcan un año nefasto, una década nefasta, en el
que la Unión se ha convertido en un ejemplo de armadura jurídica de
la impunidad de las empresas transnacionales.
La profecía que Margaret Thatcher elaboró en el Colegio de Europa de
Brujas en 1998 parece ahora una descripción acertada de la realidad.
La dama de hierro planteó su visión de la UE basada en la consecución
de tres objetivos comunes: maximización del libre comercio, prima-
cía de la integración en el ámbito económico y adopción de métodos
de decisión intergubernamentales. Para ser considerada una antieu-
ropeísta lo cierto es que su receta parece haber tenido éxito. Los dere-
chos humanos quedan para la retórica de los documentos mientras los
lobbies parece que gobiernan Bruselas.
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EMPRESAS TRANSNACIONALES Y DERECHOS HUMANOS. LA NECESIDAD DE UN INSTRUMENTO VINCULANTE
1. LA UE O EL TRIUNFO DE LA CAPTURA CORPORATIVA
En el largo, lento y laborioso proceso de racionalización y juridif‌ica-
ción del poder político, la Unión Europea parecería la consecución
de uno de sus últimos y más perfeccionados estadios. La pacif‌icación
de las relaciones interestatales en el viejo continente, un rincón de la
aldea global atravesado durante siglos con sangre y fuego, es en efec-
to un logro del que tenemos que sentirnos, sin ambages, orgullosos y
sobre el que no deberíamos intentar construir alternativas unidireccio-
nales que lo reviertan.
Si primero fueron las monarquías llamadas absolutas las que con-
siguieron pacif‌icar el interior de lo que luego, y gracias a ello, se
convertirían en Estados, el liberalismo lograría, una vez derribado
el Rey legibus solutus, sustituir éste por la abstracción del Derecho
como transustanciación del propio Estado. La despersonalización
de su poder permitió, al tiempo, la extensión del mismo y la poten-
ciación subsiguiente del paradigma de “la Nación” como sustrato
holístico en que fundar la legitimidad del nuevo marco estatal. Has-
ta aquí, este proceso de siglos de racionalización del poder y de su
sometimiento a categorías jurídicas preconf‌iguradas, había tenido
siempre el punto de gravedad en la construcción teórica del Estado
westfaliano, soberano y nacional. Con el f‌lagelo de dos guerras mun-
diales y de la práctica autodestrucción de Europa en una guerra civil
de dimensiones continentales y de difícil, aún hoy, comprensión, se
alentó el abandono de los respectivos nacionalismos y de las con-
cepciones dogmáticas de la soberanía para iniciar, no sin múltiples
recelos, un camino hasta entonces prácticamente inexplorado: el de
una comunidad política supranacional que, desbordando las sobe-
ranías estatales de las que bebía, pudiera cobrar autonomía en su
funcionalidad154.
Pero esta nueva comunidad no solo consistía en una repulsa normati-
vizada a cualquier intento de volver por la senda belicista del dogma-
tismo nacional, puesto que la cooperación interestatal que para ello
era necesaria permitía, al tiempo, la creación de nuevas capacidades
de regulación transnacional sobre la base de una institucionalidad co-
mún en la que la propia cooperación pudiera asentarse. Siguiendo a
Habermas, este salto cualitativo posibilitaría para los viejos y cansa-
dos Estados del continente racionalizar y someter jurídicamente a los
poderes pretendidamente indómitos del nuevo capitalismo neoliberal
154
Requejo Pagés, J. L., El sueño constitucional, Krk Ediciones, Oviedo, 2016.

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