Internet. Legislació i dret

AutorCol·legi de Notaris de Catalunya
Páginas209-228

Page 209

La recopilación de recursos en internet tiene como principal finalidad ser medio de conocimiento del texto íntegro de la legislación comunitaria, estatal y autonómica, así como de los más importantes Códigos civiles extranjeros

La selección de enlaces de internet, que se reseñan posteriormente, pretende facilitar el conocimiento íntegro de las normas y, a la vez, lograr facilidad en la búsqueda, así como poder tener los textos actualizados de las mismas, dada la permanente evolución y actualización del contenidos de dichas páginas jurídicas.

Para mayor garantía de actualidad y fiabilidad, en su contenido, se ha acudido, en la mayoría de las direcciones, a páginas institucionales, universitarias o de entes de reconocido prestigio, pero, evidentemente, salvo cuando es directamente el BOE o los Boletines correspondientes lo que se reproduce, sin poder responder del contenido de las mismas, ni pretender sustituir las Bases de datos o Códigos, de conocidas editoriales, al uso.

Estas páginas también pretenden facilitar un acceso fácil, rápido y seguro a otros materiales habituales en la práctica notarial, como puede ser la legislación inmobiliaria, fiscal, tratados internacionales, la evolución del futuro Derecho civil europeo o los códigos civiles de más frecuente uso, dada la creciente inmigración de nacionales de otros países, todo ello sin olvidar la ingente legislación administrativa o autonómica.

La reseña de las direcciones de internet se ha estructurado por unidades temáticas, con una somera indicación del contenido de la página o dirección de internet, aunque algunas sean de general conocimiento.

Una más ampliación recopilación de direcciones, ordenadas por materias, puede encontrarse en: http://www.colnotcat.es/contenido/links/html.html

ngel Serrano de Nicols

- El DOCE y la legislación comunitaria, junto con el futuro Derecho civil europeo, puede consultarse en:

http://europa.eu.int/documents/eur-lex/index_es.htm - Tratados y legislación comunitaria europea y jurisprudencia de las distintas instancias

http://europa.eu.int/comm/consumers/index_es/.htm - Estudios, comunicaciones y respuestas de Derecho contractual europeo

http://www.ufsia.ac.be/~estorme/CECL.html - Enlaces con los grupos de estudio del futuro Código Civil y Derecho contractual europeo http://www.jura3.uni-freiburg.de/newsletter/nepl/ - Noticias de Derecho Privado Europeo

- La legislación de ámbito estatal puede consultarse en:

http://www.boe.es/ - Último BOE, de meses anteriores y sumarios desde 1995

http://www.etsimo.uniovi.es/boe/ - BOE texto completo del día y años atrasados

http://www.cde.ua.es/boe/ - BOE texto completo del día y años atrasados

http://civil.udg.es/normacivil/espanya.htm - Recopilación de la normativa privada básica vigente en España

http://www.noticias.juridicas.com - Recopilación de proyectos de ley, legislación (incluida la que está en período de vacatio legis), doctrina, etc

http://www.derechopublico.org - EL CÓDIGO DE LEYES ADMINISTRATIVAS EN INTERNET (incluye, entre otras múltiples materias, régimen local, urbanismo, derecho financiero y tributario, expropiación, etc)

- La legislación de las CCAA, en general, puede consultarse en:

http://www.boe.es/g/es/iberlex - Enlaces con los Boletines de todas las CCAA

http://www.noticias.juridicas.com - Recopilación de legislación, con indicación de los cambios producidos en cada artículo

http://www.todalaley.com/autonomicos.php - Recopilación autonómica y provincial

http://www.aragob.es - Normativa aragonesa y buscador de disposiciones legales de las diferentes Autonomías -mera reseña de los últimos cuatro meses-

http://civil.udg.es/pagina/leges/cat/index.htm - Recopilación normativa de legislación catalana

- La legislación inmobiliaria, urbanística y la del mercado hipotecario puede consultarse en:

http://www.cafmadrid.es/legisd.htm - Legislación completa de la LPH y LAU

http://www.soloarquitectura.com - Recopilación -en Documentos- legislación urbanística, de la edificación, vivienda, VPO, tanto estatal como autonómica

http://www.ahe.es - Enlaces con Cajas y Bancos, Índices de referencia, calculadora hipotecaria -capital, tipo y cuota a satisfacer- y normativa sobre VPO, defensa y protección del consumidor hipotecario

http://www.bde.es - En Normativa (Legislación de Entidades de crédito) contiene legislación del mercado hipotecario y circulares, a texto completo

http://www.cnmv.es - Legislación del mercado de valores y Libro electrónico de la jurisprudencia Page 211

- A los tratados internacionales bilaterales y multilaterales puede accederse desde: http://www.lanzadera.com/accursio - Recopilación de legislación y materiales de Derecho Internacional Privado

http://www.bib.uab.es/socials/tractats.htm - Página de la UAB con buscador de tratados internacionales

http://fletcher.tufts.edu/multilaterals.html - Tratados multilaterales, ordenados por materias

- La legislación fiscal, resoluciones -generales y vinculantes-, así como tributación de no residentes puede consultarse en:

http://www.aeat.es [en concreto, se encuentra en Información tributaria y no residentes]

http://www.injef.com/index.htm

http://www.iusport.es/

La normativa fiscal propia de Catalunya, Euskadi y Navarra puede consultarse en:

http://www.gencat.net/economia/tributs/index.htm o en http://www.e-tributs.net

http://www.euskadi.net/

http://www.iturnet.es/guia_fiscal_navarra

- Los Códigos civiles más relevantes y la legislación extranjera, en general, pueden consultarse a través de:

http://webpages.ull.es/users/jgarciag/ - Enlaces con prácticamente todos los CC europeos y americanos, y algunos africanos y asiáticos

http://www.lexadin.nl/wlg/legis/nofr/legis.htm - Enlaces con la legislación de multitud de Estados

http://www.worldlii.org/catalog/215.html - Enlaces con la legislación extranjera, ordenada por Estados

http://www.law.cornell.edu/ - Enlaces con fuentes de información jurídica de todo el mundo Page 213

Anexo I

En Barcelona, a catorce de febrero de dos mil cinco.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Por el Notario D............. se interpuso recurso gubernativo contra la nota de calificación de la Sra. Registradora de la Propiedad n° 1 de Santa Coloma de Gramanet, de fecha 11 de noviembre de 2004, hecha en escritura de manifestación de herencia autorizada por el Notario recurrente el 4 de octubre de 2004.

SEGUNDO. En fecha 13 de enero de 2005 se concedió un plazo de diez días para que las partes formularan alegaciones, habida cuenta de que, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 324.2 de la Ley Hipotecaria, art. 20 de l'Estatut d'Autonomia de Catalunya, art. 72 y 85.1 de la LOPJ, Disposición Adicional séptima de la referida ley, en la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, art. 44, 45 y 46 de la LEC y sentencia del T.S. de 22 de mayo de 2000, no parece que la competencia funcional para conocer del recurso corresponda a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia; el 26 de enero del corriente año se recibió comunicación de la Sra. Registradora de la Propiedad de Santa Coloma de Gramanet suscribiendo el criterio de esta Presidencia de no ser competencia para conocer del recurso; el 28 de enero pasado se recibió escrito del Sr. Notario recurrente insistiendo en la competencia de este Tribunal Superior para tramitar y resolver el recurso presentado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. Oídas las alegaciones de las partes interesadas en el presente recurso gubernativo, debe esta Presidencia, en aplicación estricta de la ley, declararse incompetente para el conocimiento de los recursos gubernativos interpuestos contra las calificaciones de los Registradores de la Propiedad cuando el título se refiera a materia de derecho civil propio de Cataluña.

Las disposiciones normativas aplicables las encontramos en el art. 20 de l'Estatut d'Autonomía de Catalunya, en el art. 324,2 de la Ley Hipotecaria y en la Disposición Adicional séptima de la Ley Orgánica del Poder judicial según redacción dada por la ley 19/2003.

Al efecto establece el art. 20 de l'Estatut d'Autonomia de Catalunya que:

"1. La competencia de los órganos jurisdiccionales en Cataluña se extiende: e) A los recursos sobre calificación de documentos referentes al derecho privativo catalán que deban tener acceso en los registros de la propiedad". Page 214

El art. 324, 2 de la Ley Hipotecaria por su parte dispone que: "Contra la calificación negativa del Registrador se podrá interponer recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado en la forma y según los trámites previstos en los artículos siguientes.

Cuando el conocimiento del recurso esté atribuido por los Estatutos de Autonomía a los órganos jurisdiccionales radicados en la Comunidad Autónoma en que esté demarcado el Registro de la Propiedad, el recurso se interpondrá ante el órgano jurisdiccional competente. Si se hubiera interpuesto ante la mencionada Dirección General, ésta lo remitirá a dicho órgano".

La disposición adicional séptima de la LOPJ, en su redacción anterior a la reforma operada por ley 19/2003 decía: "Cuando los Estatutos de Autonomía atribuyan a los órganos jurisdiccionales radicados en la Comunidad Autónoma el conocimiento de los recursos contra la calificación de títulos sujetos a inscripción en un Registro de la Propiedad de la Comunidad, corresponderá al Presidente del Tribunal Superior de Justicia la resolución del recurso. El Presidente resolverá definitivarnente en vía gubernativa cuando el recurso se funde en el Derecho Civil, Foral o especial privativo de la Comunidad Autónoma. En otro caso, su decisión será apelable, conforme a lo dispuesto en la Ley Hipotecaria".

Por el contrario ahora dice la disposición adicional séptima que: "Cuando el conocimiento del recurso gubernativo contra la calificación negativa de un Registrador de la Propiedad basada en normas de derecho foral esté atribuido por los Estatutos de Autonomía a los órganos...

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