La protección de la competencia y de la propiedad intelectual en el acuerdo sobre el espacio económico europeo

AutorM. Botana Agrá
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Mercantil Facultad de Derecho de Santiago de Compostela
  1. Con fecha de 13 de diciembre de 1993, el Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas tomaron sendas Decisiones de aprobación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (AEEE) y del Protocolo de su adaptación (DOCE, núms. L 1/1 y 571, de 3 de enero de 1994).

    Firmado en Oporto el 2 de mayo de 1992, el AEEE es un Tratado internacional celebrado entre, de un lado, las Comunidades Europeas y sus Estados miembros y, de otro, la República de Austria, la República de Finlandia, la República de Islandia, el Principado de Liechtenstein, el Reino de Noruega, el Reino de Suecia y la Confederación Suiza (todos ellos integrantes de la Asociación Europea de Libre Cambio, AELC) (el texto del AEEE se publicó en DOCE, núms. L 1/3 y sigs., de 3 de enero de 1994; y el Instrumento de ratificación por España, en BOE núm. 26, de 26 de enero de 1994). Por su parte, el Protocolo se firmó en Bruselas el 17 de marzo de 1993; y a través del mismo se introducen en el AEEE las oportunas adaptaciones impuestas por la no ratificación del Acuerdo por parte de la Confederación Suiza (para su texto, DOCE, cit., págs. 572 y sigs.).

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129.3 del Acuerdo, sustituido por el artículo 6 del Protocolo, y en el artículo 22.3 del Protocolo, ambos textos entraron en vigor el 1 de enero de 1994.

  2. Con una estructura y contenido muy similares a las del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, el AEEE destina varias disposiciones a la disciplina de la competencia ya la propiedad intelectual entendida como equivalente a la expresión «propiedad industrial y comercial» del artículo 36 del TCEE. Y así, al igual que éste, el AEEE autoriza el establecimiento de prohibiciones o restricciones a la importación, exportación o tránsito de mercancías en los supuestos de que las mismas estén justificadas, entre otras, por razones de protección de la propiedad industrial y comercial. De otra parte, en el campo específico de la protección de la competencia, el AEEE dedica su Parte IV (arts. 53 a 63) a esta materia en términos sustancialmente idénticos a los del capítulo primero (arts. 85 a 94) del título primero de la Tercera Parte del TCEE.

    Las normas del AEEE sobre la competencia y la propiedad intelectual se desarrollan y completan en diversos Protocolos y Anexos. En relación con la competencia destacan los Protocolos 21 (sobre la aplicación de las normas de la competencia relativas a las empresas), 22 (concerniente a la...

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