Integrantes del Equipo Técnico según la LORPM

AutorConcepción Nieto Morales
Páginas74-78

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El Equipo Técnico tiene una vinculación funcionalmente del Ministerio Fiscal independientemente de su dependencia orgánica que se encuentra en la Administración de Justicia de las Comunidades Autónomas (CCAA). Durante la instrucción del proceso judicial, el Ministerio Fiscal requerirá al Equipo Técnico la elaboración de un informe o actualización de los anteriores emitidos, sobre la situación psicológica, educativa y familiar del menor, así como sobre su entorno social, y en general sobre cualquier otra circunstancia relevante.

El Equipo Técnico interviene en todas las fases del proceso desde la fase prejudicial hasta la postsentencia y cumplimiento de medida.

Desde el momento que se incoa expediente por un hecho delictivo cometido por un menor imputable con arreglo a la LORPM, el Fiscal de Menores como instructor del expediente, solicita al Equipo Técnico un informe sobre las circunstancias psisociales educativas del menor donde se recogerán las circunstancias y trayectoria, así como si ha sido objeto de historias delictivas. La intervención del Equipo Técnico se realiza en todas las fases del proceso.

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En la Fase cautelar, se adoptan medidas de urgencia, bien por la gravedad del hecho o alarma social, donde el Fiscal instructor de guardia requiere al Equipo Técnico para que valore y emita informe del menor proponiendo al Juez de menores adoptar medidas cautelares que permita la LORPM. Si el Equipo puede realizar gestiones comprobando la veracidad de los datos podrá emitir informe o bien una Nota Puntual sobre las circunstancias psicosocioeducativas del menor, debiendo completar posteriormente el informe.

En la Fase de Tramite, el expediente sigue el proceso normal y el Equipo Técnico explora al menor y emite informe pudiendo realizar todas las gestiones que considere para obtener la información que necesita para emitir informe sobre las circunstancias psicosocioeducativas del menor.

Fase de Audiencia, el Equipo Técnico, es citado por el Juez para que ratifique o actualice la información sobre el menor, donde podrá ser preguntado al respecto tanto por el Juez, el abogado de la defensa, por el Fiscal y la acusación particular si la hubiere.

Fase Postsentencia o de Ejecución, interviene el Equipo Técnico cuando es requerido para que se pronuncie al efecto del cumplimiento de la medida, cambio o extinción.

La elaboración de un informe o actualización de los existentes deberá remitirse a la Fiscalia en el plazo máximo de 10...

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