Instituciones de Derecho Civil: Derecho de Cosas, por Manuel Albaladejo

AutorFernando Muñoz Cariñanos
Páginas1019-1020

Instituciones de Derecho Civil: Derecho de Cosas, por Manuel Albaladejo. (Barcelona, 1964; un volumen de 615 páginas.)

Page 1019

Se publica este Manual del profesor Albaladejo bajo los auspicios del Real Colegio Mayor de San Clemente, de los españoles en Bolonia, y dentro de la colección de estudios jurídicos «studia alborno-tiana», que dirige Evelio Verdera. Comprende siete capítulos, señalados con los números 21 al 27, de los cuales vamos a destacar los puntos que consideramos más interesantes.

El capítulo primero del libro (señalado con el número 21) lo dedica el autor al estudio del Derecho real en general, abordando el problema de su disftnción del derecho de crédito, que si bien en la mayoría de los casos es neta y clara, no deja a veces de ofrecer dificultades, sobre todo en lo que al aspecto externo de la relación jurídica se refiere (piénsese, por ejemplo, en el arrendamiento y el usufructo). Se inclina francamente por la tesis del «numerus apertus» y critica la Resolución de 21 de diciembre de 1943, que sostuvo la tesis contraria, como más conveniente para facilitar la función calificadora del Registrador, argumento éste que nunca debió ser esgrimido.

Seguidamente se ocupa de la posesión, palabra que encierra dos acepciones: hecho y derecho. La posesión, nos dice el autor, es un poder de hecho y un hecho (el hecho de ostentar tal poder), el que tenga efectos jurídicos, no hace de ella un derecho, sino un hecho jurídico (con lo que se aparta de la teoría de Savigny); pero, a la vez, por razones de conveniencia práctica, ciertas situaciones que no son de poder de hecho producen iguales efectos que éste, y como en ellas el poder que tiene la persona sobre la cosa no consiste en una dominación efectiva, sino sólo en el señorío que le concede la Ley, puede decirse que son casos de posesión como derecho. Estudia a continuación las diversas clases de posesión, así como los modos de adquisición y pérdida, su protección y efectos.

En el capítulo veintitrés de la obra hace un examen general del ciclo de vida de los derechos reales, desde su nacimiento a su extinción. Analiza brevemente los diversos sistemas históricos en orden a su adquisición y los modos de adquirir, especialmente la tradición y usucapión, sin olvidar sus interesantes conexiones-con el Registro de la Propiedad. A los clásicos modos de adquirir, apuntados por el Código civil y la doctrina, añade: «la separación de partes del cuerpo humano, si no choca con el...

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