Inscripciones

AutorMiguel Ricart Palau
Cargo del AutorAbogado

De entre los muchos actos y situaciones jurídicas que pueden ser objeto de asiento de inscripción en el Registro Mercantil, sólo se incluirán los que se podrían considerar más usuales en la vida jurídica de una Sociedad, finalizando este segundo apartado con el asiento de cierre de la hoja registral, producido por el traslado de la Compañía a otra capitalidad.

Hay que resaltar que en cada uno de los distintos puntos de este apartado, sólo se indicarán como necesarios, pero sin ser insertados literalmente, tanto los títulos en virtud de los cuales el acto accede al Registro como algunos documentos complementarios de esta titulación básica, que a menudo se exigen para la práctica de una inscripción.

Y todo ello en aras de una mayor fluidez en la exposición de los temas, y porque la necesidad de titulación y sus complementos aparecen necesariamente citados en el propio texto del asiento registral o en sus correspondientes notas marginales.

2.1. Inscripción de la constitución de una Sociedad Anónima y nombramiento de Administrador

2.1.1. Título

El título público lo constituye la escritura fundacional de la Sociedad Anónima, otorgada por los accionistas y autorizada por Notario y debidamente liquidada del Impuesto.

En dicha escritura se expresa la voluntad de los socios de fundar una entidad mercantil de tal clase, y en los estatutos sociales se harán constar las circunstancias que previene el art. 9 de la Ley de Sociedades Anónimas respecto al nombre de los otorgantes, denominación de la Sociedad, duración, objeto, capital social, etc..

Asimismo, es de imprescindible aportación para la constitución de la Sociedad el certificado negativo del Registro Mercantil Central, conforme no figura registrada en el mismo la denominación de la entidad que se constituye.

2.1.2. Asiento de inscripción

  1. a. La Sociedad «D., Sociedad Anónima» que se inscribe por la presente, se regirá por los siguientes: ...

    ESTATUTOS

    TÍTULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

    Artículo 1. (Se transcriben todos los artículos de los

    Estatutos literalmente).

    Artículo 28. (Último artículo de los Estatutos).

    La Sociedad de esta hoja ha sido constituida por los siguientes señores: los cónyuges de regionalidad civil catalana en régimen de separación de bienes, Don TomAs D. A., del comercio, nacido el ... de ... de .. y Doña Luisa P. F., Aparejadora, nacida el ... de ... de ..., ambos de nacionalidad española y vecinos de C, C/. Valladolid, n.° 27, 5.°, y la entidad mercantil «G., Sociedad Anónima», domiciliada en Z., calle Bach, n.° 49, Pral., con nif ... e inscrita en este Registro Mercantil, al tomo 565, libro 470 de la sección 3.a de Sociedades, folio 42, hoja número 746, y en su nombre y representación Don Francisco I. C., mayor de edad, casado, químico, de nacionalidad española y vecino de S., C/. Suroeste, s/n., especialmente facultado y cumpliendo acuerdo unánime de la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas, celebrada el ... de ... de ..., según certificación del acta de dicha reunión (protocolizada con la matriz y acompañada fotocopia debida) unida a la escritura que se dirá. El capital social es de diez millones de pesetas, representado por doscientas acciones al portador, de cincuenta mil pesetas de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 200, ambos inclusives, las cuales puestas en circulación son suscritas y desembolsadas en su totalidad por los fundadores, en la forma y proporción siguientes: Doña Luisa P.F. suscribe y se le adjudican veintiocho acciones, números 1 al 28, inclusives, de valor nominal un millón cuatrocientas mil pesetas, que desembolsa aportando a la Sociedad: a) Porción de terreno solar, de cuatrocientos sesenta metros cuadrados... (sigue la descripción de la finca). Se valora en ochocientas mil pesetas, b) La mitad indivisa del terreno de trescientos cuarenta metros cuadrados... (sigue la descripción de la finca). Se valora dicha mitad indivisa en seiscientas mil pesetas. Don Tomás D. A. suscribe y se le adjudican doce acciones, números 29 al 40 inclusives, de valor nominal seiscientas mil pesetas, que desembolsa aportando a la Sociedad la mitad indivisa de la finca antes dicha bajo la letra b), valorada en seiscientas mil pesetas. Y la sociedad «G., S. A.» suscribe y se le adjudican ciento sesenta acciones, números 41 al 200 inclusives, de valor nominal ocho millones, que desembolsa en efectivo metálico, ingresado en la Caja social. Los socios fundadores dando al acto por unanimidad el carácter...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR