Inscripción de representación gráfica catastral. Finca procedente de segregación y oposición de colindantes

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Las dudas de identidad han de ser motivadas. No basta una oposición no debidamente fundamentada del colindante. No basta en sí mismo que la finca proceda de segregación

Supuesto: Se pretende inscribir la representación gráfica catastral de una finca rectificando, en consecuencia, su descripción conforme a la misma.

El registrador, una vez realizadas las actuaciones previstas en el art. 199 LH, deniega la inscripción estimando la oposición de dos colindantes y atendiendo a la circunstancia de proceder la finca por segregación de otra.

La DGRN estima el recurso interpuesto.

En tal sentido reitera su doctrina respecto a la constancia registral del exceso de cabida atendiendo a su naturaleza y alcance (entre otras, R. 17 de octubre de 2014), así como respecto de los supuestos en los que se pretende la inscripción de una representación gráfica y la necesidad de motivación cuando existen dudas de identidad

En el presente caso el registrador en la nota de calificación acoge las alegaciones de dos colindantes, acerca de la existencia de un camino, los cuales no aportan documentación alguna en apoyo de las mismas. Siguiendo la doctrina de esta Dirección General, no es razonable entender que la mera oposición que no esté debidamente fundamentada, aportando una prueba escrita del derecho de quien formula tal oposición, pueda hacer derivar el procedimiento a la jurisdicción contenciosa.

Por otra parte, se fundamenta el registrador en la procedencia de la finca por segregación, afirmando que, según doctrina de esta Dirección General «no cabe inscribir excesos de cabida en fincas procedentes de segregación». Pero esta lacónica expresión de la nota de calificación no puede considerarse suficiente para impedir la inscripción solicitada, pues: a) La misma carece de apreciación alguna de las circunstancias del caso concreto; b) Se trata de una afirmación en términos absolutos que no se corresponde con la doctrina DGRN sobre dudas de identidad de la finca tras la entrada en vigor de la Ley 13/2015, de 24 de junio. En efecto, tales dudas pueden referirse a que la representación gráfica de la finca coincida en todo o...

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