Líquido a ingresar o a devolver. Deducción por maternidad

AutorEduardo Berché Moreno
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
Páginas359-360

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Un último apartado a tener en cuenta antes de dar por terminada la declaración del IRPF es la posible aplicación de la deducción por maternidad, regulada en el artículo 81 de la LIRPF.

a Concepto y ámbito subjetivo

Con la finalidad de proteger a la familia y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral la normativa establece una última deducción, la conocida deducción por mater-nidad. Cosa distinta es si con esta medida legislativa se ha alcanzado el objetivo deseado, pero este punto sería ya objeto de otro análisis que se escapa de lo típicamente tributario.

Este deducción de aplica a las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia la tenga en exclusiva el padre o tutor, siempre que se cumplan los demás requisitos, éste tendrá derecho a la aplicación de esta deducción.

b Requisitos

Los requisitos para la aplicación de la deducción son simples.

· La mujer debe tener un hijo menor de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, la deducción podrá practicarse durante los tres años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil, con independencia de la edad del menor. Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se podrá practicar durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

· La mujer debe realizar una actividad por cuenta propia o ajena (es decir, obtiene rentas del trabajo o de actividades económicas), debiendo estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

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Debe tenerse en cuenta que cuando la madre se encuentra de baja por maternidad no deja de cumplir este requisito, pues la baja no implica dejar de desarrollar una actividad por cuenta propia...

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